RESOLUCIÓN 3044 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA N° 38-18 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - REENCASILLAMIENTO - NOTIFICACIÓN
Publicación:
09/01/2019
Sanción:
26/12/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO
La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N° 38/18, el
Expediente Electrónico 2018-32.289.198-MGEYA-DGTALMEF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 21 de noviembre de 2018, se celebró el Acta de Negociación Colectiva
N° 38/18 - Comisión Paritaria Central - en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA);
Que mediante la misma, previo análisis de la propuesta de la Comisión Técnica de la
Comisión Permanente de Interpretación de la Carrera Administrativa, relacionada con
el tratamiento de los aspectos mencionados en el artículo 18 del Anexo I del Acta de
Negociación Colectiva N° 30/18 (instrumentada por Resolución N ° 2286/MEFGC/18),
las partes acordaron dar por aprobado el texto completo de la propuesta elaborada por
la mencionada Comisión Técnica, la que como Anexo I forma parte integrante de dicha
acta;
Que en el Anexo I las partes acuerdan que los agentes alcanzados por el Acta de
Negociación Colectiva N° 30/18, serán notificados de su reencasillamiento con el
recibió de haberes del mes de noviembre 2018, de acuerdo a lo establecido en el Acta
de Negociación Colectiva N° 16/18, pudiendo interponer las presentaciones que
puedan surgir dentro del marco del mismo, conforme lo establecido por Acta de
Negociación Colectiva N° 26/18:
Que asimismo, se estipula que los agentes contarán con un plazo de treinta (30) días
corridos para presentar solicitudes de revisión dentro del marco del reencasillamiento,
desde el 1° de diciembre hasta el 30 de diciembre del corriente año, conforme los
lineamientos y parámetros establecidos en el Acta de Negociación Colectiva N° 26/18;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N° 38/18;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 38/18 de la Comisión
Paritaria Central, suscripta el día 21 de noviembre de 2018 entre los representantes
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como
Anexo (IF-2018-32300927-DGTALMEF|) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaria de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido,
archívese. Mura