RESOLUCIÓN 3044 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA N° 38-18 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y DEL SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - REENCASILLAMIENTO - NOTIFICACIÓN

Publicación:

09/01/2019

Sanción:

26/12/2018

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO

La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N° 38/18, el

Expediente Electrónico 2018-32.289.198-MGEYA-DGTALMEF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 21 de noviembre de 2018, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

N° 38/18 - Comisión Paritaria Central - en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de

Buenos Aires (SUTECBA);

Que mediante la misma, previo análisis de la propuesta de la Comisión Técnica de la

Comisión Permanente de Interpretación de la Carrera Administrativa, relacionada con

el tratamiento de los aspectos mencionados en el artículo 18 del Anexo I del Acta de

Negociación Colectiva N° 30/18 (instrumentada por Resolución N ° 2286/MEFGC/18),

las partes acordaron dar por aprobado el texto completo de la propuesta elaborada por

la mencionada Comisión Técnica, la que como Anexo I forma parte integrante de dicha

acta;

Que en el Anexo I las partes acuerdan que los agentes alcanzados por el Acta de

Negociación Colectiva N° 30/18, serán notificados de su reencasillamiento con el

recibió de haberes del mes de noviembre 2018, de acuerdo a lo establecido en el Acta

de Negociación Colectiva N° 16/18, pudiendo interponer las presentaciones que

puedan surgir dentro del marco del mismo, conforme lo establecido por Acta de

Negociación Colectiva N° 26/18:

Que asimismo, se estipula que los agentes contarán con un plazo de treinta (30) días

corridos para presentar solicitudes de revisión dentro del marco del reencasillamiento,

desde el 1° de diciembre hasta el 30 de diciembre del corriente año, conforme los

lineamientos y parámetros establecidos en el Acta de Negociación Colectiva N° 26/18;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación

Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el

acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N° 38/18;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 38/18 de la Comisión

Paritaria Central, suscripta el día 21 de noviembre de 2018 entre los representantes

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF-2018-32300927-DGTALMEF|) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaria de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido,

archívese. Mura


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Art. 1 Resolución 3044-MEFGC-19 instrumenta el Acta N° 38-2018.</p>