RESOLUCIÓN 7548 2018 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
MODIFICACIÓN - ANEXO 1 - REGLAMENTO BÁSICO PARA EL ALQUILER DE LAS SALAS SALONES RECINTOS PREDIOS CENTROS CULTURALES ESPACIOS DISPONIBLES - RESOLUCIÓN 1390-MCGC-12 - DIRECCIÓN GENERAL CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN - ARRENDAMIENTO - CESIÓN - ORGANISMOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - GOBIERNO NACIONAL - PROVINCIAL - MUNICIPALES - EVENTOS - DE CONTENIDO SOCIO-CULTURAL - TARIFA
Publicación:
09/01/2019
Sanción:
18/12/2018
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO:
la Ley N° 5460 (t.c. Ley 5666) modificada por la Ley N° 5960, el Decreto N° 612//05,
las Resoluciones N° 1390-MCGC-12 y sus modificatorias y el Expediente Electrónico
N° 22256799 - MGEYA-CCGSM-2018 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 3° del Decreto N° 612/GCABA/05 se faculta al titular de la
entonces Secretaria de Cultura a dictar un reglamento general para el arrendamiento
de las salas, salones, recintos, predios, centros culturales y/o espacios disponibles
dependientes de este Ministerio;
Que a su vez el artículo 4° del mencionado Decreto establece; "Publicada en el Boletín
Oficial la reglamentación citada en el artículo precedente, quedará automáticamente
derogado el Decreto N° 2986/76 de la ex MCBA";
Que mediante Resolución N° 1390/MCGC/12 se aprobó el Reglamento General para
alquiler de salas, salones recintos, predios, centros culturales y/o espacios disponibles
dependientes del Ministerio de Cultura, que como Anexo I forma parte de la mentada
resolución;
Que mediante Anexo II de dicho acto administrativo, se aprobó el modelo de convenio
de alquiler de sala;
Que mediante Resolución N° 1804/GCABA/17 se ha modificado el artículo 1° del
Anexo 1 de la resolución N° 1390/MCGC/12 y se ha derogado el artículo 3° del
referido Anexo;
Que el Decreto N° 2303/GCBA/04 dispuso " Facultáse al titular de la Secretaria de
Cultura a concede, por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, el uso gratuito
de las instalaciones del Centro de Congresos del Centro Cultural General San Martín a
organismos dependientes de este Gobierno, que lo soliciten mediante nota
debidamente fundamentada en razones presupuestarias, toda vez que se trata de una
sesión de carácter excepcional" (art. 1);
Que la Resolución N° 94/SC/02 el Secretario de Cultura autorizó a la Dirección
General Centro Cultural General San Martín a " .... conceder dentro de sus
posibilidades, mediante el pago del veinte por ciento (20%) de la tarifa vigente "ad
referendum" de esta Secretaria el uso de las instalaciones del Centro de Congresos
gestionados por organismos pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, mediante el pago del cuarenta por ciento (40%) de la antedicha tarifa
también ad-referendum de esta Secretaria para los pedidos interpuestos por las
entidades sin fines de lucro que realicen programas con un definido interés social" (art.
1°);
Que las normas transcriptas no han sido incorporadas en el Reglamento General para
el alquiler de Salas, salones, recintos, predios, centros culturales y/ espacios
disponibles dependientes del Ministerio de Cultura que como Anexo I de la resolución
N° 1390-MCGC-12 dictó el Ministerio de Cultura en ejercicio de las competencias que
le fueron atribuidas mediante Decreto N° 612-GCABA-05;
Que resulta necesario facilitar el acceso a las salas, salones, recintos, y/o espacios
disponibles del Centro Cultural General San Martín dependiente de la Subsecrearia de
Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, a diversos organismos del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales
y/o Municipales, y a tales fines resulta necesario incorporar al Anexo 1 de la resolución
N° 1290/MCGC/05 y su modificatoria una autorización a fin que dichos espacios
puedan ser arrendados mediante el pago por parte de la locataria del veinte por ciento
(20% )de la tarifa vigente y de modo excepcional y cuando así lo solicitaren y
justificaren los requirentes, disponer la sesión gratuita de los mismos. Todo ello, en
tanto no afectare las actividades propias de los diversos organismos de este Ministerio
a los que pertenezcan las salas;
Que asimismo, se estima conveniente a facilitar el acceso a dichas instalaciones a
aquellas entidades sin fines de lucro que realizar programas con un claro interés-
socio-cultural, atento a que en general no cuentan con recursos suficientes para
afrontar el pago total del arrendamiento de conformidad con los aranceles vigentes;
Que a tales fines corresponde, modificar el Anexo I de la Resolución N°
1390/MCGC/05 e incorporar un artículo que autorice a arrendar las salas, salones
recintos y/o espacios disponibles dependientes del Centro Cultural General San Martín
dependiente de la Subsecretaria de PolícitasCulturales y Nuevas Audiencias a
entidades sin fines de lucro que realicen eventos de carácter socio-cultural mediante el
pago del cuarenta por ciento (40%) del arancel previsto en la tarifaria o que resulte de
la tasación del Banco Ciudad en su caso, no pudiendo dicha sesión interferir con las
actividades propias de los organismos de los que dependen;
Que ha tomado la intervención que le compete la Procuración General de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires aconsejando el dictado del presente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5460 (t.c Ley 6017)
modificada mediante Ley N° 5960 y las facultades delegadas por el Decreto N°
612/GCABA/05 en su artículo 3°,
Artículo 1°.- Modifíquese el Anexo 1 del Reglamento Básico para el alquiler de las
salas, salones, recintos, predios, centros culturales y/o espacios disponibles
dependientes del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución N° 1390-
MCGC/2012, modificada por la N° 1804-MCGC-2017, incorporando al mismo los
Artículos 8°, 9° y 10, los que quedaran redactados del siguiente modo:
"Artículo 8°.- Autorízase a la Dirección General Centro Cultural General San Martín
dependiente de la Subsecretaria de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias a
arrendar las salas salones, recintos y/o espacios disponibles que le dependen a
organismos dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de
los Gobiernos Nacional, Provinciales y/o Municipales mediante el pago del veinte por
ciento (20%) de la tarifa vigente, ad referendum de quien suscribe la presente.
Artículo 9.- Autorízase a la Dirección General Centro Cultural General San Martín
dependiente de la Subsecretaria de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias a ceder
en forma excepcional y gratuita por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, las
salas, salones, recintos, y/o espacios disponibles a organismos del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Gobierno Nacional, Provincial y/o Municipales
que lo soliciten mediante nota debidamente fundamentada, "ad reférendum" de este
Ministerio de Cultura.
Artículo 10.- Autorízase a la Dirección General Centro Cultural General San Martín
dependiente de la Subsecretaria de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias a
arrendar las salas salones, recintos y/o espacios disponibles que le dependen a
entidades sin fines de lucro que realicen eventos de contenido socio-cultural mediante
el pago del cuarenta por ciento (40%) de la tarifa vigente, ad referendum de quien
suscribe la presente.
Todo ello, en tanto no afectare las actividades propias de la Dirección General Centro
Cultural General San Martín dependiente de la Subsecretaria de Políticas Culturales y
Nuevas Audiencias de este Ministerio."
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese para su conocimiento y demás efectos a la Subsecretaria de Políticas
Culturales y Nuevas Audiencias, y a la Dirección General del Centro Cultural General
San Martín. Cumplido, archívese. Avogadro