ORDENANZA 34874 1979
Síntesis:
APRUEBA EL ACTA SUSCRIPTA POR LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, LA FUNDACIÓN FAVALORO PARA LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN MÉDICA Y LA SOCIEDAD DE DISTRIBUIDORES DE DIARIOS, REVISTAS Y AFINES POR LA QUE SE DECLARA CREADO EL INSTITUTO DE CARDIOLOGÍA Y CIRUGÍA CARDIOVASCULAR - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
11/04/1979
Sanción:
06/04/1979
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Promulgación:
06/04/1979
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1° - Apruébase el Acta firmada entre la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, la Funda�ción Favaloro para la Docencia e Investigación Médica y la Sociedad de Distribuidores de Diarios, Revistas y Afines, que forma parte integrante de la presente orde�nanza, y en su mérito declárase creado el "Instituto de Cardiología y Cirugía Cardiovascular", que tendrá como finalidad primordial y trascendente la de proporcionar, sin fines de lucro y con apertura hacia toda la comunidad, asistencia médica cardiovascular del mejor nivel técnico y del más elevado contenido humano, constituyéndose asimismo en escuela de capacitación profesional y de investigación en la especialidad cardiológica.
Art. 2° - Cédese el usufructo por el término de veinte años del terreno ubicado en la avenida Belgrano 1746 con destino a ser utilizado para la construcción y funcio�namiento del Instituto creado por el artículo anterior.
Art. 3° - Apruébase el convenio suscripto por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad y la Funda�ción Favaloro, con intervención de la Sociedad de Distri�buidores de Diarios, Revistas y Afines, de fecha seis de abril de 1979, una de cuyas copias se agrega y forma parte de la presente ordenanza.
Art. 4° - Autorízase con el fin de funcionamiento del "Instituto de Cardiología y Cirugía Cardiovascular" a introducir reformas en el edificio de la calle Solís 453, y presentar planos de construcción en los terrenos sitos en la avenida Belgrano 1746 y Venezuela 1749 hasta un volumen total estimativo en 22.000 y 6.000 metros cúbi�cos, respectivamente.
Art. 5° - Acéptase la prestación formulada por el citado Instituto de proceder al examen cardiológico gratuito de todos los escolares que ingresen al primer grado de las escuelas a cargo de la Municipalidad, como asimismo a prestar asistencia médica completa a los niños cardiópatas que cursen el ciclo primario de esas escuelas, la que será gratuita de no contar el paciente con cobertura de enfermedad. Igualmente se acepta la propuesta de capa�citar integral y gratuitamente hasta cuatro médicos por año, propuestos por la Municipalidad.