RESOLUCIÓN 2022 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

APRUEBA PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN DE LA CIUDAD - FUNCIONARIOS PÚBLICOS CIVILES - PERÍODO - 1 ENERO - 31 DE DICIEMBRE - AÑO 2019 - CARÁCTER TRANSITORIO - RETRIBUCIÓN BRUTA MENSUAL - TITULAR DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - DESIGNACIONES - CESES - RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS DEL PERSONAL - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL PREVENCIÓN DEL DELITO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - PERSONAL

Publicación:

14/01/2019

Sanción:

28/12/2018

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes Nros. 471 y modificatoria, 5460 y modificatoria y 5688 (textos consolidados

por la Ley N° 6017), los Decretos Nros. 363/15 y sus modificatorios, 617/16 y

modificatorio 332/18, 221/17, 391/18 y la Resolución de Firma Conjunta N°

27/MHGC/18, y el Expediente N° 33612809/MGEYA-DGPRD/18, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5688 (texto consolidado según Ley N° 6017) establece las bases

jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas

y estrategias del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que el artículo 5° de la mencionada Ley, establece que el Ministerio de Justicia y

Seguridad es el organismo encargado de elaborar los lineamientos generales en

materia de seguridad, tendientes a llevar a cabo el diseño de las acciones preventivas

necesarias y las tareas de control;

Que en ese orden, el artículo 9° de la misma norma enumera a la "prevención" como

uno de los Principios Rectores de la Gestión de la Seguridad Pública;

Que en virtud de la Ley N° 5460 (texto consolidado por la Ley N° 6017) y modificatoria

5960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplándose, entre otros, al Ministerio de Justicia y Seguridad, al Ministerio

de Economía y Finanzas y las funciones comunes y particulares de cada Ministerio;

Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, contemplándose la Dirección General de Prevención del Delito, dependiente de

la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana;

Que en el marco del Decreto N° 221/17, se creó la Planta Transitoria del "Cuerpo de

Agentes de Prevención de la Ciudad", integrada por funcionarios públicos civiles y,

mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 27/MHGC/18 se aprobó la mencionada

Planta Transitoria para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y el 31 de

diciembre de 2018;

Que por el Artículo 4° bis del Decreto N° 617/16, incorporado al mismo en el marco del

Artículo 4° del Decreto N° 332/18, se encomendó en forma conjunta en los titulares del

Ministerio de Justicia y Seguridad y de Economía y Finanzas, la aprobación,

modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria del "Cuerpo de Agentes de

Prevención de la Ciudad";

Que por su parte, el señor Ministro de Justicia y Seguridad propicia la creación de la

Planta Transitoria denominada "Cuerpo de Agentes de Prevención de la Ciudad", en el

marco del artículo 45 de la Ley N° 471 (texto consolidado por la Ley N° 6017) y

modificatoria, integrada por funcionarios públicos civiles, con el objetivo, entre otros,

de desarrollar acciones de prevención y de asistir a las personas frente a situaciones

de riesgo o conflicto, dando aviso inmediato a la autoridad competente, estableciendo

vínculos de comunicación y colaboración permanente con los integrantes del Sistema

Integral de Seguridad Pública en la Ciudad;

Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas, y la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad dependiente de

la Secretaría de Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad

han tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 617/16 y

modificatorio 332/18, 391/18 y las Leyes N° 5460 y modificatoria y N° 5688 (ambas

con texto consolidado según Ley N° 6017),

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria del "Cuerpo de Agentes de Prevención de

la Ciudad", integrada por funcionarios públicos civiles, para el período comprendido

entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2019, en el ámbito de la Dirección General

Prevención del Delito de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana del Ministerio de

Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo

establecido en el Anexo I (IF-2018-35118533-DGALS), que a todos sus efectos forma

parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en la presente Resolución será

designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará automáticamente a

la fecha de finalización de su Planta Transitoria y podrá disponerse su cese

anticipadamente sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido en el Anexo I de la presente Resolución, será la suma fija de carácter

remunerativo, correspondiéndole todo incremento que se acuerde durante el mes de

diciembre de 2018 y el ejercicio 2019, a los agentes de la Planta Permanente del

Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Establécese que el Titular del Ministerio de Justicia y Seguridad procederá

a designar, cesar y reconocer los servicios del personal comprendido en la Planta

Transitoria que se aprueba por el artículo 1° de la presente, dictando las normas

reglamentarias, interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un

mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria, pudiendo determinar las instancias

administrativas que llevarán a cabo la implementación de las medidas que se adopten

en el marco de la misma.

Artículo 5°.- El Titular del Ministerio de Justicia y Seguridad deberá comunicar a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas, las Resoluciones respectivas, para la liquidación de haberes

correspondientes y demás efectos.

Artículo 6°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,

dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Económica del Ministerio

de Economía y Finanzas, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a los fines

de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la

Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría

Gestión de Recursos Humanos, dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas,

y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Prevención

del Delito. Cumplido, archívese. Santilli - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5536

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución Conjunta 2022-MEFGC-18 aprueba la Planta Transitoria del “Cuerpo de Agentes de Prevención de la Ciudad“ para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2019, de acuerdo a las facultades otorgadas por el art. 4 del Decreto 221-17.</p>