RESOLUCIÓN 2022 2018 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE PREVENCIÓN DE LA CIUDAD - FUNCIONARIOS PÚBLICOS CIVILES - PERÍODO - 1 ENERO - 31 DE DICIEMBRE - AÑO 2019 - CARÁCTER TRANSITORIO - RETRIBUCIÓN BRUTA MENSUAL - TITULAR DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - DESIGNACIONES - CESES - RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS DEL PERSONAL - DIRECCIÓN GENERAL OFICINA DE GESTIÓN PÚBLICA Y PRESUPUESTO - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - SISTEMA INTEGRAL DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DIRECCIÓN GENERAL PREVENCIÓN DEL DELITO - SUBSECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - PERSONAL
Publicación:
14/01/2019
Sanción:
28/12/2018
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y modificatoria, 5460 y modificatoria y 5688 (textos consolidados
por la Ley N° 6017), los Decretos Nros. 363/15 y sus modificatorios, 617/16 y
modificatorio 332/18, 221/17, 391/18 y la Resolución de Firma Conjunta N°
27/MHGC/18, y el Expediente N° 33612809/MGEYA-DGPRD/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 (texto consolidado según Ley N° 6017) establece las bases
jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas
y estrategias del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que el artículo 5° de la mencionada Ley, establece que el Ministerio de Justicia y
Seguridad es el organismo encargado de elaborar los lineamientos generales en
materia de seguridad, tendientes a llevar a cabo el diseño de las acciones preventivas
necesarias y las tareas de control;
Que en ese orden, el artículo 9° de la misma norma enumera a la "prevención" como
uno de los Principios Rectores de la Gestión de la Seguridad Pública;
Que en virtud de la Ley N° 5460 (texto consolidado por la Ley N° 6017) y modificatoria
5960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplándose, entre otros, al Ministerio de Justicia y Seguridad, al Ministerio
de Economía y Finanzas y las funciones comunes y particulares de cada Ministerio;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplándose la Dirección General de Prevención del Delito, dependiente de
la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana;
Que en el marco del Decreto N° 221/17, se creó la Planta Transitoria del "Cuerpo de
Agentes de Prevención de la Ciudad", integrada por funcionarios públicos civiles y,
mediante la Resolución de Firma Conjunta N° 27/MHGC/18 se aprobó la mencionada
Planta Transitoria para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y el 31 de
diciembre de 2018;
Que por el Artículo 4° bis del Decreto N° 617/16, incorporado al mismo en el marco del
Artículo 4° del Decreto N° 332/18, se encomendó en forma conjunta en los titulares del
Ministerio de Justicia y Seguridad y de Economía y Finanzas, la aprobación,
modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria del "Cuerpo de Agentes de
Prevención de la Ciudad";
Que por su parte, el señor Ministro de Justicia y Seguridad propicia la creación de la
Planta Transitoria denominada "Cuerpo de Agentes de Prevención de la Ciudad", en el
marco del artículo 45 de la Ley N° 471 (texto consolidado por la Ley N° 6017) y
modificatoria, integrada por funcionarios públicos civiles, con el objetivo, entre otros,
de desarrollar acciones de prevención y de asistir a las personas frente a situaciones
de riesgo o conflicto, dando aviso inmediato a la autoridad competente, estableciendo
vínculos de comunicación y colaboración permanente con los integrantes del Sistema
Integral de Seguridad Pública en la Ciudad;
Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de
Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y
coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos
asignados al mismo;
Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas, y la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad dependiente de
la Secretaría de Administración de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad
han tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 617/16 y
modificatorio 332/18, 391/18 y las Leyes N° 5460 y modificatoria y N° 5688 (ambas
con texto consolidado según Ley N° 6017),
EL VICEJEFE DE GOBIERNO
Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVEN
Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria del "Cuerpo de Agentes de Prevención de
la Ciudad", integrada por funcionarios públicos civiles, para el período comprendido
entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2019, en el ámbito de la Dirección General
Prevención del Delito de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana del Ministerio de
Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo
establecido en el Anexo I (IF-2018-35118533-DGALS), que a todos sus efectos forma
parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en la presente Resolución será
designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará automáticamente a
la fecha de finalización de su Planta Transitoria y podrá disponerse su cese
anticipadamente sin expresión de causa.
Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo
establecido en el Anexo I de la presente Resolución, será la suma fija de carácter
remunerativo, correspondiéndole todo incremento que se acuerde durante el mes de
diciembre de 2018 y el ejercicio 2019, a los agentes de la Planta Permanente del
Escalafón General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Establécese que el Titular del Ministerio de Justicia y Seguridad procederá
a designar, cesar y reconocer los servicios del personal comprendido en la Planta
Transitoria que se aprueba por el artículo 1° de la presente, dictando las normas
reglamentarias, interpretativas, aclaratorias, operativas y complementarias para un
mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria, pudiendo determinar las instancias
administrativas que llevarán a cabo la implementación de las medidas que se adopten
en el marco de la misma.
Artículo 5°.- El Titular del Ministerio de Justicia y Seguridad deberá comunicar a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas, las Resoluciones respectivas, para la liquidación de haberes
correspondientes y demás efectos.
Artículo 6°.- La Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto,
dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Administración Económica del Ministerio
de Economía y Finanzas, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a los fines
de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría
Gestión de Recursos Humanos, dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas,
y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Prevención
del Delito. Cumplido, archívese. Santilli - Mura