RESOLUCIÓN 2 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
INSTRUMENTA ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 40-18 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - IMPLEMENTACIÓN PREMIO POR PRODUCTIVIDAD - CONVENIO DE DESEMPEÑO - SEGUNDO SEMESTRE 2018 - PAUTA SALARIAL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - SGO MEDIACIÓN - SUBSECRETARIAS PLANEAMIENTO - REGISTRO INTERPRETACIÓN Y CATASTRO - DIRECCIONES GENERALES - HABILITACIÓN DE CONDUCTORES Y TRANSPORTES - ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES - DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Publicación:
18/01/2019
Sanción:
03/01/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO
La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N° 40/18, el
Expediente Electrónico 2018-34629271-MGEYA-DGTALMEF y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 18 de diciembre de 2018, se celebró el Acta de Negociación Colectiva
N° 40/18 Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de
Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de
Buenos Aires (SUTECBA);
Que mediante la misma, las partes analizaron lo acordado en las Actas Paritarias N°
27/18 y N° 35/18, y su impacto en los presupuestos determinados para la
implementación de los convenios de desempeño del año en curso de las distintas
reparticiones que se ahí se mencionan, acordando adecuar el presupuesto del
segundo semestre 2018, en un todo conforme con la pauta salarial negociada en las
precitadas actas paritarias, estableciendo asimismo que, las partidas necesarias para
hacer frente a la implementación del premio por productividad serán propias y
generadas por las reparticiones que se citan en el Acta N° 40/18;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 471 (texto
consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación
Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el
acto administrativo respectivo;
Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se
instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N° 40/18;
Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,
Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 40/18 de la Comisión
Paritaria Central, suscripta el día 18 de diciembre de 2018 entre los representantes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como
Anexo (IF-2018-34571073-DGTALMEF) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese, comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado
de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaria de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido,
archívese. Mura