RESOLUCIÓN 2 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

INSTRUMENTA ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 40-18 - COMISIÓN PARITARIA CENTRAL - REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES  - SUTECBA - IMPLEMENTACIÓN PREMIO POR PRODUCTIVIDAD - CONVENIO DE DESEMPEÑO - SEGUNDO SEMESTRE 2018 -   PAUTA SALARIAL - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL - SGO MEDIACIÓN - SUBSECRETARIAS PLANEAMIENTO - REGISTRO INTERPRETACIÓN Y CATASTRO - DIRECCIONES GENERALES - HABILITACIÓN DE CONDUCTORES Y TRANSPORTES - ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y CONCESIONES - DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

Publicación:

18/01/2019

Sanción:

03/01/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO

La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva N° 40/18, el

Expediente Electrónico 2018-34629271-MGEYA-DGTALMEF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 18 de diciembre de 2018, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

N° 40/18 Comisión Paritaria Central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de

Buenos Aires (SUTECBA);

Que mediante la misma, las partes analizaron lo acordado en las Actas Paritarias N°

27/18 y N° 35/18, y su impacto en los presupuestos determinados para la

implementación de los convenios de desempeño del año en curso de las distintas

reparticiones que se ahí se mencionan, acordando adecuar el presupuesto del

segundo semestre 2018, en un todo conforme con la pauta salarial negociada en las

precitadas actas paritarias, estableciendo asimismo que, las partidas necesarias para

hacer frente a la implementación del premio por productividad serán propias y

generadas por las reparticiones que se citan en el Acta N° 40/18;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación

Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el

acto administrativo respectivo;

Que por lo expuesto, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se

instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N° 40/18;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 40/18 de la Comisión

Paritaria Central, suscripta el día 18 de diciembre de 2018 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF-2018-34571073-DGTALMEF) forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publíquese, comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y a la Subsecretaria de

Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido,

archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5540

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APROBADA POR
<p>Art.1 Resolución 2 - MEFGC-19 instrumenta Acta de Negociación Colectiva N° 40-18. </p>