RESOLUCIÓN 42 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE INVIERTE EL SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CARÁCTER EXPERIMENTAL - TÉRMINO DE 90 DÍAS - TRAMOS DE ARTERIAS - ITURRI - DESDE LA AVENIDA DORREGO HASTA LA AVENIDA JORGE NEWBERY DE SE A NO - CALDAS - DESDE LA AVENIDA JORGE NEWBERY HASTA LA AVENIDA DORREGO DE NO A SE - PROHIBE ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - JUNTO AL CORDÓN DE LA ACERA DERECHA - CALLE CALDAS - ENTRE AVENIDA JORGE NEWBERY Y LA CALLE SANTOS DUMONT - BARRIO DE CHACARITA - CONSTRUCCIÓN DEL VIADUCTO ELEVADO FFCC SAN MARTIN - SUBSECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
24/01/2019
Sanción:
17/01/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N.° EX-2019-03358600- -MGEYA-DGTYTRA y la Resolución N°
201/SECTRANS/16, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados y con la construcción del Viaducto elevado FFCC San
Martin, se ha estudiado el comportamiento circulatorio a partir de la apertura de las
calles Iturri y Caldas en el Barrio de Chacarita;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, se
comprobó la necesidad de invertir el sentido único de circulación, al tramo de la calle
Iturri, desde la Av. Dorrego hasta la Av. J. Newbery de SE a NO, así como también, de
la calle Caldas, desde la Av. J. Newbery hasta la Av. Dorrego de NO a SE, ya que
actualmente funcionan con doble sentido de circulación generándose trastornos de
tránsito en la zona;
Que, al propio tiempo, corresponde prohibir el estacionamiento general de vehículos,
junto al cordón de la acera derecha en la calle Caldas, entre Av. Jorge Newbery y la
calle Santos Dumont;
Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas
con la anteriormente expuesta.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N°
201/SECTRANS/16,
Artículo 1°.- Inviértase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de arterias:
Iturri, desde la Av. Dorrego hasta la Av. J. Newbery de SE a NO.
Caldas, desde la Av. J. Newbery hasta la Av. Dorrego de NO a SE.
Artículo 2°.- Prohíbase, con carácter experimental y por el término de 90 días, el
estacionamiento general de vehículos, junto al cordón de la acera derecha en la calle
Caldas, entre Av. Jorge Newbery y la calle Santos Dumont.
Artículo 3°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórica) que proyectará la
Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y el Transporte.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a la Dirección General Cuerpo de
Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial, de Ordenamiento del Espacio
Público, y a las Gerencias Operativas de Ordenamiento del Tránsito y Transporte, de
Señalización Vial y de Sistemas Inteligentes del Tránsito. Cumplido, remítase a la
Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines
propuestos en el artículo anterior. Galuzzi