DECRETO 60 2019

Síntesis:

DESIGNACIÓN - REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CONSEJO MUNICIPAL - AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO - FERNANDO SANTIAGO GALETTO - LUCIANA SETTI - ACUMAR

Publicación:

31/01/2019

Sanción:

29/01/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley Nacional N° 26.168, el Decreto N° 92/PEN-07, las Leyes Nros. 2.217, 5.460

(Textos Consolidados por la Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, los

Decretos Nros. 77/16, 395/16, 363/15 y sus modificatorios y 48/19, la Resolución

ACUMAR N° 24/2016, el Expediente Electrónico N° 4.318.808-MGEYA-MGOBGC/19,

y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nacional N° 26.168, se creó la Autoridad de Cuenca Matanza

Riachuelo (ACUMAR);

Que la mencionada Ley, contempla que dicho ente estará integrado por un Presidente

y tres (3) representantes por parte del Estado Nacional, dos (2) representantes de la

Provincia de Buenos Aires y dos (2) representantes del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 92/PEN/07, se invitó a los Gobiernos de la Provincia de Buenos

Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a designar a sus representantes en el

referido ente;

Que por su parte, el artículo 3° la citada Ley, contempla la creación en el ámbito de la

Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) de un Consejo Municipal

integrado por un representante de cada Municipio de las jurisdicciones comprendidas,

cuyo objeto será el de cooperar, asistir y asesorar al ente;

Que en sentido concordante, el artículo 21 del Anexo I de la Resolución ACUMAR N°

24/16, establece que: "El Consejo Municipal de la ACUMAR depende del Consejo

Directivo, estará integrado por un (1) representante de cada uno de los municipios

citados en el artículo 1° de la ley N° 26.168";

Que, asimismo, en su artículo 23, dispone que: "El Consejo Municipal ejercerá

funciones consultivas, de cooperación, asistencia y asesoramiento de los restantes

órganos de la ACUMAR en cuestiones inherentes a la cuenca hidrográfica en su

conjunto o en una subregión de la misma, para lo cual podrán convocarse reuniones

extraordinarias plenarias o regionales sin que sus decisiones tengan carácter

vinculante para la ACUMAR";

Que mediante la Ley N° 2.217 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los

términos de la Ley Nacional N° 26.168;

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la cual contempla entre los

Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno;

Que la citada Ley, en su artículo 26, establece que resulta de competencia del

Ministerio de Gobierno, "Coordinar y proponer las relaciones del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, los Estados Provinciales y

los Municipios";

Que, mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de

Buenos Aires, contemplando en la órbita del Ministerio de Gobierno a la Subsecretaría

de Asuntos Interjurisdiccionales y Política Metropolitana y a la Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) Cuenca Matanza-Riachuelo (CUMAR);

Que la mencionada Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales y Política

Metropolitana, es responsable de asistir en la determinación y ejecución de las

acciones y políticas del gobierno local en sus relaciones con el Gobierno Nacional y en

la articulación y coordinación interjurisdiccional en temas del Área Metropolitana de

Buenos Aires;

Que por su parte, la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza-Riachuelo tiene

entre sus objetivos actuar como responsable de la articulación y coordinación de las

iniciativas, proyectos, actividades y/o acciones que tengan incidencia directa o

indirecta en la Cuenca Matanza Riachuelo que cada área del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires realice en el marco de sus competencias;

Que por el Decreto N° 77/16 se designó como representantes de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires en la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) al señor

Alberto José Términe, DNI N° 16.037.279 y a la Sra. María Fernanda Reyes, DNI N°

26.786.163;

Que por el Decreto N° 48/19 se aceptó la renuncia presentada por el señor Termine

Alberto Jose, DNI N° 16.037.279, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales

(UPE) Cuenca Matanza Riachuelo del Ministerio de Gobierno y se designó a la señora

Setti, Luciana, DNI N° 29.737.726, como Titular de la mencionada Unidad;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de la señora Luciana Setti, DNI N°

29.737.726, titular de la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo,

como representante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Autoridad de

Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR).

Que asimismo, el señor Ministro de Gobierno, propicia designar al señor Fernando

Santiago Galetto, DNI N° 24.536.136, en su carácter de Subsecretario de Asuntos

Interjurisdiccionales y Política Metropolitana, designado por Decreto N° 4/19, como

representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo

Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desígnase al señor Fernando Santiago Galetto, DNI N° 24.536.136, como

representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo

Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo.

Artículo 2°.- Desígnase a la señora Luciana Setti, DNI N° 29.737.726, como

representante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Autoridad de Cuenca

Matanza Riachuelo (ACUMAR).

Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por

el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales y Política

Metropolitana y a la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo,

ambas del Ministerio de Gobierno, notifíquese a la Autoridad de Cuenca Matanza

Riachuelo y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de

Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel