DECRETO 60 2019
Síntesis:
DESIGNACIÓN - REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - CONSEJO MUNICIPAL - AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO - FERNANDO SANTIAGO GALETTO - LUCIANA SETTI - ACUMAR
Publicación:
31/01/2019
Sanción:
29/01/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.168, el Decreto N° 92/PEN-07, las Leyes Nros. 2.217, 5.460
(Textos Consolidados por la Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, los
Decretos Nros. 77/16, 395/16, 363/15 y sus modificatorios y 48/19, la Resolución
ACUMAR N° 24/2016, el Expediente Electrónico N° 4.318.808-MGEYA-MGOBGC/19,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nacional N° 26.168, se creó la Autoridad de Cuenca Matanza
Riachuelo (ACUMAR);
Que la mencionada Ley, contempla que dicho ente estará integrado por un Presidente
y tres (3) representantes por parte del Estado Nacional, dos (2) representantes de la
Provincia de Buenos Aires y dos (2) representantes del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 92/PEN/07, se invitó a los Gobiernos de la Provincia de Buenos
Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a designar a sus representantes en el
referido ente;
Que por su parte, el artículo 3° la citada Ley, contempla la creación en el ámbito de la
Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) de un Consejo Municipal
integrado por un representante de cada Municipio de las jurisdicciones comprendidas,
cuyo objeto será el de cooperar, asistir y asesorar al ente;
Que en sentido concordante, el artículo 21 del Anexo I de la Resolución ACUMAR N°
24/16, establece que: "El Consejo Municipal de la ACUMAR depende del Consejo
Directivo, estará integrado por un (1) representante de cada uno de los municipios
citados en el artículo 1° de la ley N° 26.168";
Que, asimismo, en su artículo 23, dispone que: "El Consejo Municipal ejercerá
funciones consultivas, de cooperación, asistencia y asesoramiento de los restantes
órganos de la ACUMAR en cuestiones inherentes a la cuenca hidrográfica en su
conjunto o en una subregión de la misma, para lo cual podrán convocarse reuniones
extraordinarias plenarias o regionales sin que sus decisiones tengan carácter
vinculante para la ACUMAR";
Que mediante la Ley N° 2.217 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los
términos de la Ley Nacional N° 26.168;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la cual contempla entre los
Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Gobierno;
Que la citada Ley, en su artículo 26, establece que resulta de competencia del
Ministerio de Gobierno, "Coordinar y proponer las relaciones del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el Estado Nacional, los Estados Provinciales y
los Municipios";
Que, mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires, contemplando en la órbita del Ministerio de Gobierno a la Subsecretaría
de Asuntos Interjurisdiccionales y Política Metropolitana y a la Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Cuenca Matanza-Riachuelo (CUMAR);
Que la mencionada Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales y Política
Metropolitana, es responsable de asistir en la determinación y ejecución de las
acciones y políticas del gobierno local en sus relaciones con el Gobierno Nacional y en
la articulación y coordinación interjurisdiccional en temas del Área Metropolitana de
Buenos Aires;
Que por su parte, la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza-Riachuelo tiene
entre sus objetivos actuar como responsable de la articulación y coordinación de las
iniciativas, proyectos, actividades y/o acciones que tengan incidencia directa o
indirecta en la Cuenca Matanza Riachuelo que cada área del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires realice en el marco de sus competencias;
Que por el Decreto N° 77/16 se designó como representantes de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires en la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) al señor
Alberto José Términe, DNI N° 16.037.279 y a la Sra. María Fernanda Reyes, DNI N°
26.786.163;
Que por el Decreto N° 48/19 se aceptó la renuncia presentada por el señor Termine
Alberto Jose, DNI N° 16.037.279, como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) Cuenca Matanza Riachuelo del Ministerio de Gobierno y se designó a la señora
Setti, Luciana, DNI N° 29.737.726, como Titular de la mencionada Unidad;
Que, en consecuencia, se propicia la designación de la señora Luciana Setti, DNI N°
29.737.726, titular de la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo,
como representante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Autoridad de
Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR).
Que asimismo, el señor Ministro de Gobierno, propicia designar al señor Fernando
Santiago Galetto, DNI N° 24.536.136, en su carácter de Subsecretario de Asuntos
Interjurisdiccionales y Política Metropolitana, designado por Decreto N° 4/19, como
representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo
Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnase al señor Fernando Santiago Galetto, DNI N° 24.536.136, como
representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo
Municipal de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo.
Artículo 2°.- Desígnase a la señora Luciana Setti, DNI N° 29.737.726, como
representante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la Autoridad de Cuenca
Matanza Riachuelo (ACUMAR).
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por
el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Asuntos Interjurisdiccionales y Política
Metropolitana y a la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo,
ambas del Ministerio de Gobierno, notifíquese a la Autoridad de Cuenca Matanza
Riachuelo y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de
Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel