RESOLUCIÓN 11 2019 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
ESTABLECE - RÉGIMEN DE REEMPLAZOS - TITULARES - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - AUSENCIA O VACANCIA - DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 12-ISSP-12 - CARGOS AUSENTES - VACANTES - REEMPLAZANTES - DIRECTOR - VICEDIRECTOR - SECRETARIO ACADÉMICO - SECRETARIO GENERAL - COORDINADOR DE FORMACIÓN EN SEGURIDAD - DEPARTAMENTOS
Publicación:
07/02/2019
Sanción:
04/02/2019
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO:
La Ley N° 5.688, las Resoluciones N° 12/ISSP/12 y N° 192/ISSP/18, el Expediente
Electrónico N° 5022163/SGISSP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 dispone que el Instituto Superior de Seguridad Pública es un ente
autárquico y descentralizado dentro de la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad y
se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política del Sistema
Integral de Seguridad Pública y órgano rector de la formación y capacitación continua
y permanente de los actores involucrados y la producción de conocimientos científicos
y técnicos sobre seguridad;
Que asimismo la mentada Ley establece que el Instituto Superior de Seguridad
Pública está a cargo de un Director quien ejerce su gobierno, administración y
representación;
Que en ejercicio de sus facultades corresponde al Director establecer la estructura
orgánica y designar la conducción académica y administrativa del Instituto;
Que en tal sentido por Resolución N° 192/ISSP/18 se aprobó la nueva estructura
organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública, en reemplazo de la
Resolución 117/ISSP/11;
Que por Resolución N° 12/ISSP/12 se estableció el "Régimen de reemplazos
automáticos" frente a supuestos de ausencia, licencia o vacancia del personal que
conforma la estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública
aprobada por Resolución 117/ISSP/11;
Que en atención al dictado de la citada Resolución N° 192/ISSP/18, corresponde
establecer un nuevo régimen de reemplazos en caso de ausencia o vacancia de los
titulares de las distintas áreas que integran la estructura organizativa de esta casa de
estudios;
Que por tratarse de un sistema de reemplazos frente a situaciones transitorias y
tendiente a garantizar el normal desarrollo de las tareas y funciones del Instituto, no
implica modificación alguna en la situación de revista ni en el nivel salarial para quien
quede a cargo de la atención de los asuntos y la firma del despacho de un área en
ausencia de su titular;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Establecer el régimen de reemplazos frente a supuestos de ausencia o
vacancia de los titulares de las áreas que conforman la estructura organizativa del
Instituto Superior de Seguridad Pública, aprobada por Resolución 192/ISSP/18,
conforme a los artículos siguientes.
Artículo 2.- El Director será reemplazado por el Vicedirector, en su defecto por el titular
de la Secretaría Académica o de la Secretaria General, en ese orden.
Artículo 3.- El titular de la Secretaría Académica será reemplazado por el titular de la
Secretaría General o en su defecto por el responsable de la Coordinación de
Formación en Seguridad.
Artículo 4.- El titular de la Secretaría General será reemplazado por el titular de la
Secretaría Académica o en su defecto por el responsable del Departamento Técnico,
Administrativo y Legal.
Artículo 5.- El titular de la Coordinación de Formación en Seguridad será reemplazado
por el responsable del Departamento de Formación Inicial y Superior o en su defecto
por el responsable del Departamento de Capacitación y Evaluación Permanente.
Artículo 6.- Los responsables de Departamento serán reemplazados indistintamente
entre sí siempre que cumplan funciones dentro de la misma Secretaría o
Coordinación. Dichos reemplazos serán formalizados por Disposición de la Secretaría
de la que se trate.
Artículo 7.- Los reemplazos establecidos en los artículos precedentes, no importarán
modificación alguna en la situación de revista ni en el nivel salarial para quien quede a
cargo transitoriamente de la atención de los asuntos y la firma del despacho de un
área en ausencia de su titular.
Artículo 8.- Dejar sin efecto la Resolución N° 12/ISSP/12.
Artículo 9.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Secretaría Académica
y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido,
archívese. De Langhe