RESOLUCIÓN 97 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
EXCLUYE - CARÁCTER EXPERIMENTAL - 90 DÍAS - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - SE RESTITUYE - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN VEHICULAR - TOMAS LE BRETON - ENTRE TRONADOR Y PLAZA - PROHÍBE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
08/02/2019
Sanción:
01/02/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N.° EX-2018-20200558- -MGEYA-COMUNA12 y la Resolución N°
201/SECTRANS/16, y
CONSIDERANDO:
Que, a finde poner en su conocimiento el pedido solicitado por vecinos de la Comuna
12 a consecuencia de los derroteros que tienen que efectuar con la construcción de
túnel de la Av. Congreso y vías de FFCC Mitre línea Mitre, por tal motivo, se ha
estudiado el comportamiento circulatorio de la calle Tomas Le Breton del Barrio de
Urquiza;
Que, Analizada la cuadrícula circulatoria, que integra la zona, se comprobó la
necesidad de asignarle doble sentido de circulación, a la calle Tomas Le Breton entre
la calle Tronador y la calle Plaza;
Que, el estacionamiento, estará prohíbido junto al cordón de la acera Noroeste, de la
calle Tomas Le Breton entre la calle Tronador y la calle Plaza durante las 24 hs.;
Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas
con la anteriormente expuesta.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por la Resolución N°
201/SECTRANS/16;
Artículo 1° - Exclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, y restitúyase el doble sentido de circulación
vehicular al siguiente tramo de arteria: Tomas Le Breton entre la calle Tronador y la
calle Plaza.
Artículo 2°.- Prohíbase, el estacionamiento vehicular junto al cordón de la acera
Noroeste, en la calle Tomas Le Breton entre la calle Tronador y la calle Plaza durante
las 24 horas.
Artículo 3°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado e l
pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal) que proyectará la Gerencia
Operativa de Ordenamiento del Tránsito y el Transporte.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Dirección General Cuerpo de
Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de
Ordenamiento del Tránsito y Transporte y de Señalización Vial. Cumplido, remítase a
la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines
propuestos en el artículo anterior. Galuzzi