RESOLUCIÓN 104 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE

Síntesis:

INCLUYE - NÓMINA DE CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN A TRAMO DE CALLES - CHAJARÍ DESDE DONADO HASTA LUGONES - MANZANARES - JARAMILLO - ACHIRA - VIGENCIA - SUBSECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

Publicación:

08/02/2019

Sanción:

05/02/2019

Organismo:

SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE


VISTO:

El Expediente N.° EX-2019-03529104- -MGEYA-DGTYTRA y la Resolución N.°

201/SECTRANS/16, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados, se ha estudiado el comportamiento circulatorio de la

calle Chajarí, entre la calle Donado, Lugones y otras, del Barrio de Villa Urquiza;

Que analizada de la cuadrícula circulatoria, que integran las calles de la zona, se

comprobó la necesidad de asignarles sentido único de circulación, a los siguientes

tramos de arterias, ya que actualmente funcionan con doble sentido de circulación

generándose trastornos en la zona: Chajarí, desde la calle Donado hasta la calle

Lugones de NE a SO; Flor del Aire, desde la calle Galván hasta la calle Valdenegro de

SO a NE; Manzanares, desde la calle Valdenegro hasta la calle Galván de NE a SO;

Jaramillo, desde la calle Galván hasta la calle Valdenegro de SO a NE; yAchira, desde

la calle Valdenegro hasta la calle Galván de NE a SO;

Que el estacionamiento, estará permitido junto al cordón de la acera derecha y

prohíbido junto al cordón de la acera izquierda, durante las 24 hs. conforme lo

establece el Código de Tránsito y Transporte;

Que a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó a esta Subsecretaria de

Tránsito y Transporte, la competencia para entender en cuestiones tales como la

expuesta.

Por ello, y en virtud de las facultades delegadas por la Resolución N.°

201/SECTRANS/16;

EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

RESUELVE

Artículo 1°.- Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las

disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a

las calles con sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria:

Chajarí, desde la calle Donado hasta la calle Lugones de NE a SO.

Flor del Aire, desde la calle Galván hasta la calle Valdenegro de SO a NE.

Manzanares, desde la calle Valdenegro hasta la calle Galván de NE a SO.

Jaramillo, desde la calle Galván hasta la calle Valdenegro de SO a NE.

Achira, desde la calle Valdenegro hasta la calle Galván de NE a SO.

Artículo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el

pertinente señalamiento integral (vertical, horizontal y semafórica), que proyectará la

Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y el Transporte.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a

la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la

Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Dirección General Cuerpo de

Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de

Ordenamiento del Tránsito y Transporte y de Señalización Vial. Cumplido, remítase a

la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines

propuestos en el artículo anterior. Galuzzi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Resolución 104-SSTYTRA-19  incluye tramos de arterias en las disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407-47.</p>