RESOLUCIÓN 30 2019 SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
Síntesis:
SE AUTORIZA LA CONTRATACIóN DE PERSONAL
Publicación:
11/02/2019
Sanción:
31/01/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA DE JUSTICIA
VISTO:
El Decreto Nro. 224/13, la Resolución Conjunta Nro. 11/SECLYT/13 y su modificatoria,
y los Expedientes Nros. 1498724/19, 1499686/19, 2385612/19, 2390880/19,
2403772/19, 2404650/19, 2404730/19, 3358171/19, 3358230/19, 34729945/18,
34730114/18, 34730239/18, 34730384/18, 34730512/18, 3721916/19 y 3722001/19, y
CONSIDERANDO:
Que, por las mencionadas actuaciones se solicita la contratación de diversas
personas, para prestar servicios en las Direcciones Generales Electoral y de Justicia,
Registro y Mediación y en la Subsecretaría de Justicia, dependiente del Ministerio de
Justicia y Seguridad y en las Direpor el período comprendido entre el 01/01/19 y el
31/12/19;
Que, el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto Nro.
224/GCABA/13 y sus modificatorios, reglamentado por la Resolución Conjunta Nro.
11/ SECLYT /13 y su modificatoria, por el cual se establece el régimen para la
contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra;
Que, atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA
RESUELVE
Artículo 1.- Autorízase la contratación de diversas personas para prestar servicios en
las Direcciones Generales Electoral y de Justicia, Registro y Mediación y en la
Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el
modo y forma que se detalla en el IF-2019-04680291-GCABA-SSJUS, que forma parte
integrante de la presente.
Artículo 2.- Delégase en los Directores Generales de las Direcciones Generales
Electoral y de Justicia, Registro y Mediación, la suscripción de los contratos
correspondientes a sus áreas, autorizados por el Artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes
mensuales, en una Orden de Pago.
Artículo 4.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de
ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por
los contratados a la Dirección General de Tesorería.
Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos pase a las Direcciones Generales Técnica,
Administrativa y Legal, Electoral y de Justicia, Registro y Mediación, del Ministerio de
Justicia y Seguridad y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese.
Najenson