DECRETO 69 2019
Síntesis:
SE RECONOCE TRAYECTORIA - JOSÉ OSVALDO CASÁS - CONDOLENCIAS - FALLECIMIENTO - 9 DE FEBRERO DE 2019
Publicación:
13/02/2019
Sanción:
12/02/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
El fallecimiento del doctor José Osvaldo Casás, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 9 de febrero de 2019 falleció el doctor José Osvaldo Casás, quien se
desempeñara como Juez del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires desde su conformación en el año 1998 hasta el pasado 31 de diciembre
de 2018, ejerciendo en más de una oportunidad su presidencia;
Que, a la vez, el doctor Casás integró el Consejo de la Magistratura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires como Consejero Titular por la Facultad de Derecho de la
Universidad de Buenos Aires;
Que, entre otros relevantes cargos, se desempeñó como Procurador Fiscal ante la
Corte Suprema de Justicia de la Nación;
Que era doctor en derecho por la Universidad de Buenos Aires, abogado y escribano;
Que ejerció la docencia, destacándose como Profesor Emérito de la Universidad de
Buenos Aires, siendo a su vez miembro de diversas Comisiones y proyectos
académicos;
Que el doctor José Osvaldo Casás publicó numerosos trabajos doctrinarios, a la vez
que recibió gran cantidad de premios y reconocimientos por su labor en el ámbito del
derecho;
Que mediante Ley N° 6.104 fue declarado Ciudadano Ilustre de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que conforme lo expuesto y en virtud de haber sido el doctor Casás un servidor
público de la judicatura, comprometido con los valores democráticos y la justicia de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde reconocer su trayectoria y expresar
las condolencias por su fallecimiento.
Por ello, y en uso a las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Reconócese la trayectoria del doctor José Osvaldo Casás y exprésanse
las condolencias con motivo de su fallecimiento, ocurrido con fecha 9 de febrero de
2019.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos comuníquese a la Secretaría General y Relaciones
Internacionales del Poder Ejecutivo. Cumplido, archívese. SANTILLI p/p - Miguel