RESOLUCIÓN 121 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE INCLUYE - TRAMO DE CALLE - ESTRELLA FEDERAL ENTRE EL GAUCHO Y BOLIVIA - ARTERIAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - MANO ÚNICA - BARRIO DE VILLA CRESPO - CIRCULACIÓN - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - PROHIBICIÓN - ESTACIONAMIENTO GENERAL DE VEHÍCULOS - SUBSECRETARIA DE TRANSITO Y TRANSPORTE
Publicación:
13/02/2019
Sanción:
08/02/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO:
el Expediente N.° EX-2019-03781273- -GCABA-DGTYTRA y la Resolución N°
201/SECTRANS/16, y
CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados, se ha estudiado el comportamiento circulatorio de la
calle Estrella Federal entre la calle El Gaucho y la calle Bolivia del Barrio de Villa
Crespo;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integran la calle en la zona, se comprobó
la necesidad de asignarle sentido único de circulación, al siguiente tramo de arteria, ya
que actualmente funciona con doble sentido de circulación generándose trastornos en
la zona de Estrella Federal entre la calle El Gaucho y la calle Bolivia de SO a NE;
Que, el estacionamiento, estará prohibido junto al cordón de la acera derecha y
permitido junto al cordón de la acera izquierda durante las 24 hs. en el tramo de arteria
mencionado en el punto anterior para cubrir la demanda de estacionamiento en la
zona;
Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delegó a esta Subsecretaria de
Tránsito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas
con la anteriormente expuesta.
Por ello, y en virtud de las facultades delegadas mediante la Resolución N°
201/SECTRANS/16;
Artículo 1°.- Inclúyese, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, en el tramo de la arteria Estrella Federal,
entre la calle El Gaucho y la calle Bolivia de SO a NE.
Artículo 2°.- Prohíbase, según el sentido de circulación durante las 24 hs., el
estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera derecha, de la calle,
Estrella Federal entre la calle El Gaucho y la calle Bolivia.
Artículo 3°.- Permítase, según el sentido de circulación durante las 24 hs., el
estacionamiento general de vehículos junto al cordón de la acera izquierda, de la calle,
Estrella Federal entre la calle El Gaucho y la calle Bolivia
Artículo 4°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal) que proyectará la Gerencia
Operativa de Ordenamiento del Tránsito y el Transporte.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Dirección General Cuerpo de
Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de
Ordenamiento del Tránsito y Transporte y de Señalización Vial. Cumplido, remítase a
la Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines
propuestos en el artículo anterior. Galuzzi