DISPOSICIÓN 22 2019 UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

PROTOCOLO PARA EL MANEJO DE RESIDUOS PATOGÉNICOS - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - UPE - ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - UNIDAD GESTIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS LEGALES - GESTIÓN AMBIENTAL -   CONTAMINACIÓN -  HOSPITAL VETERINARIO - REFERENTES DE ÁREAS GENERADORAS - PUNTOS DE GENERACIÓN - GENERACIÓN - SEGREGACIÓN - ALMACENAMIENTO - TRANSPORTE - EGRESO - TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL -  BIOSEGURIDAD - CONTENEDORES - CARTEL -

Publicación:

18/03/2019

Sanción:

13/03/2019

Organismo:

UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


VISTO:

La Ley Nacional N° 24.051 y su Decreto Reglamentario N° 831/93, la Ley N° 154/99,

los Decretos N° 439/16, 296/17, 119/18, 172/18 y 217/18, el Expediente Electrónico N°

EX-2019-07821620-GCABA-UGGOAALUPEEI, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 439/16 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", como Organismo

Fuera de Nivel en el ámbito del entonces Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología;

Que mediante el Decreto N° 119/18 se modificó a partir del 27 de abril de 2018 la

estructura organizativa funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires estableciendo que el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos

Especiales (UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires",

quedará bajo la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;

Que mediante Comunicación Oficial N° NO-2019-07907173-GCABA-UGGOAALUPEEI

el área Gestión Ambiental dependiente de la Unidad Gestión General de Operaciones,

Administración y Asuntos Legales, elaboró el "Protocolo para el Manejo de Residuos

Patogénicos" manifestando que la iniciativa se ve motivada en cumplimentar la Ley

Nacional N° 24.051 y su Decreto reglamentario N° 831/93, y la Ley N° 154/99, así

como también en optimizar la gestión de los residuos generados dentro del predio del

Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, destacó

que el referido documento busca determinar la forma adecuada en que deberán

tratarse y disponerse los desechos patogénicos generados en el ámbito de la Unidad

de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que la Ley Nacional N° 24.051 establece que todo residuo que pueda causar daño,

directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el

ambiente en general, será considerado como peligroso;

Que conforme el artículo 2° de la Ley N° 154/99, son considerados residuos

patogénicos todos aquellos desechos o elementos materiales en estado sólido,

semisólido, líquido o gaseoso que presumiblemente presenten o puedan presentar

características de infecciosidad, toxicidad o actividad biológica que puedan afectar

directa o indirectamente a los seres vivos, o causar contaminación del suelo, del agua

o de la atmósfera que sean generados en la atención de la salud humana o animal por

el diagnóstico, tratamiento, inmunización o provisión de servicios, así como también en

la investigación o producción comercial de elementos biológicos o tóxicos;

Que mediante el Decreto N° 172/18 se ratificó al suscripto, a partir del 27 de abril de

2018, como Titular de la Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y

Asuntos Legales dependiente de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" designado

oportunamente mediante Decreto N° 296/17;

Que de conformidad con el Anexo II del Decreto N° 217/18, es competencia de la

Unidad Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales,

"Coordinar las operaciones del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y sus áreas de influencia en materia de atención al visitante,

mantenimiento, limpieza, gestión ambiental, seguridad e higiene y parquización";

Que en cumplimiento de las responsabilidades primarias inherentes a la Unidad

Gestión General de Operaciones, Administración y Asuntos Legales, el suscripto

entiende que resulta oportuno aprobar el "Protocolo para el Manejo de Residuos

Patogénicos" el que deberá ser cumplimentado por las distintas áreas pertenecientes

al Organismo Fuera de Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque

Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL TITULAR DE LA UNIDAD GESTIÓN GENERAL

DE OPERACIONES, ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS LEGALES

DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL

UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) ECOPARQUE INTERACTIVO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase en el ámbito de la Unidad Gestión General de Operaciones,

Administración y Asuntos Legales de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el "Protocolo para el

Manejo de Residuos Patogénicos" conforme el alcance establecido en el Anexo (IF-

2019-08075322-GCABA-UGGOAALUPEEI) el cual forma parte integrante de la

presente Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese al Área Gestión Ambiental

dependiente de esta Unidad, a la Unidad Gestión Estratégica y Transformación y a la

Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Panera


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5579

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 22-UPEEI-19 aprueba el Protocolo para el Manejo de Residuos Patogénicos a aplicarse en el ambito del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cumplimiento de la Ley Nacional Nro. 24.051 (Ley de Residuos Peligrosos)</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición 22-UPEEI-19 aprueba el Protocolo para el Manejo de Residuos Patogénicos a aplicarse en el ambito del Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, complementando a la Ley 154 que regula  la generación, manipulación, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de todos los residuos patogénicos en el ambito de la CABA. </p>