RESOLUCIÓN 477 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBA -  PLANTA TRANSITORIA DOCENTE Y NO DOCENTE -  PROGRAMA COLONIA DE INVIERNO Y ESCUELAS DEPORTIVAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2019 - PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1° DE MARZO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 - SUBSECRETARÍA DE DEPORTES - SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - RETRIBUCIÓN - 

Publicación:

19/03/2019

Sanción:

14/03/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

La Ordenanza N° 50.284, las Leyes Nros. 471 y modificatoria, 5.460 (Texto

consolidado Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 363/15 y sus modificatorios y 617/16 y

el Expediente Electrónico N° 07667550-SSDEP/19, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 6.017 establece que el Jefe de Gobierno

será asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y

responsabilidades que la misma les confiere;

Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la

Secretaría de Desarrollo Ciudadano, bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno;

Que por la Ordenanza N° 50.284 se creó el "Programa Integral de Recreación y

Deportes para personas con necesidades especiales", que es un espacio deportivo y

socializador dirigido a personas con discapacidad, sin límite de edad, que habiten en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Programa "Colonia de Invierno y las Escuelas Deportivas para personas con

discapacidad" son parte de dicho Programa Integral y éste se desarrolla de

conformidad con las modalidades establecidas en la citada Ordenanza;

Que de acuerdo el Decreto N° 617/16 se encomendó en forma conjunta en los señores

Vicejefe de Gobierno y en el entonces Ministro de Hacienda la aprobación,

modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria para la Planta Transitoria

Docente y No Docente afectada al Programa "Colonia de Invierno y Escuelas

Deportivas para personas con discapacidad";

Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, dependiente de la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y

Finanzas y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de Vicejefatura de

Gobierno, han tomado la intervención de su competencia.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 617/16 y Ley N°

5.460 y modificatoria Ley N° 5.960,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria Docente y No Docente afectada al

programa "Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad

2019", por el período comprendido entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre de 2019,

a cargo de la Subsecretaría de Deportes, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano,

dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, de conformidad con lo establecido en los

Anexos I (IF-07686196-SSDEP-2019) y II (IF-07686216-SSDEP-2019), que a todos

sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que

en cada caso se señala.

Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en la presente Resolución será

designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará su Planta

Transitoria automáticamente a la fecha de finalización de la misma y podrá disponerse

su cese anticipado sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución del personal que se designe conforme lo establecido por el

artículo 1° de la presente Resolución, será la suma fija que en cada caso se indica

como retribución única por todo el período.

Artículo 4°.- La retribución mensual del personal de la Planta Transitoria Docente y No

Docente aprobada, respectivamente, en el artículo 1° de la presente Resolución, será

actualizada conforme el proporcional establecido en las negociaciones colectivas,

correspondientes al año 2019, para el personal de escalafón docente, en el caso de

los agentes que se designen conforme el Anexo I y los incrementos dispuestos

mediante negociación colectiva para los trabajadores de planta permanente del

escalafón general, en el caso de los que se designen conforme el Anexo II.

Artículo 5°.- Facúltase al señor Secretario de Desarrollo Ciudadano a designar, cesar y

reconocer los servicios del personal comprendido en el artículo 1° de la presente

Resolución, así como a dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y

complementarias para un mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria, debiendo

proceder a comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del

Ministerio de Economía y Finanzas, las Resoluciones emergentes de lo planteado.

Artículo 6°.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de

dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la

Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría

Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas,

y para su conocimiento y demás fines remítase a la Secretaría de Desarrollo

Ciudadano de Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. Santilli - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5580