RESOLUCIÓN 477 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA DOCENTE Y NO DOCENTE - PROGRAMA COLONIA DE INVIERNO Y ESCUELAS DEPORTIVAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 2019 - PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1° DE MARZO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 - SUBSECRETARÍA DE DEPORTES - SECRETARÍA DE DESARROLLO CIUDADANO - VICEJEFATURA DE GOBIERNO - RETRIBUCIÓN -
Publicación:
19/03/2019
Sanción:
14/03/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO:
La Ordenanza N° 50.284, las Leyes Nros. 471 y modificatoria, 5.460 (Texto
consolidado Ley N° 6.017), los Decretos Nros. 363/15 y sus modificatorios y 617/16 y
el Expediente Electrónico N° 07667550-SSDEP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 6.017 establece que el Jefe de Gobierno
será asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que la misma les confiere;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplando a la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la
Secretaría de Desarrollo Ciudadano, bajo la órbita de la Vicejefatura de Gobierno;
Que por la Ordenanza N° 50.284 se creó el "Programa Integral de Recreación y
Deportes para personas con necesidades especiales", que es un espacio deportivo y
socializador dirigido a personas con discapacidad, sin límite de edad, que habiten en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Programa "Colonia de Invierno y las Escuelas Deportivas para personas con
discapacidad" son parte de dicho Programa Integral y éste se desarrolla de
conformidad con las modalidades establecidas en la citada Ordenanza;
Que de acuerdo el Decreto N° 617/16 se encomendó en forma conjunta en los señores
Vicejefe de Gobierno y en el entonces Ministro de Hacienda la aprobación,
modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria para la Planta Transitoria
Docente y No Docente afectada al Programa "Colonia de Invierno y Escuelas
Deportivas para personas con discapacidad";
Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo, dependiente de la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Economía y
Finanzas y la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, de Vicejefatura de
Gobierno, han tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 617/16 y Ley N°
5.460 y modificatoria Ley N° 5.960,
Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria Docente y No Docente afectada al
programa "Colonia de Invierno y Escuelas Deportivas para personas con discapacidad
2019", por el período comprendido entre el 1° de marzo y el 31 de diciembre de 2019,
a cargo de la Subsecretaría de Deportes, de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano,
dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, de conformidad con lo establecido en los
Anexos I (IF-07686196-SSDEP-2019) y II (IF-07686216-SSDEP-2019), que a todos
sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución, en el modo y forma que
en cada caso se señala.
Artículo 2°.- Establécese que el personal comprendido en la presente Resolución será
designado con carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará su Planta
Transitoria automáticamente a la fecha de finalización de la misma y podrá disponerse
su cese anticipado sin expresión de causa.
Artículo 3°.- La retribución del personal que se designe conforme lo establecido por el
artículo 1° de la presente Resolución, será la suma fija que en cada caso se indica
como retribución única por todo el período.
Artículo 4°.- La retribución mensual del personal de la Planta Transitoria Docente y No
Docente aprobada, respectivamente, en el artículo 1° de la presente Resolución, será
actualizada conforme el proporcional establecido en las negociaciones colectivas,
correspondientes al año 2019, para el personal de escalafón docente, en el caso de
los agentes que se designen conforme el Anexo I y los incrementos dispuestos
mediante negociación colectiva para los trabajadores de planta permanente del
escalafón general, en el caso de los que se designen conforme el Anexo II.
Artículo 5°.- Facúltase al señor Secretario de Desarrollo Ciudadano a designar, cesar y
reconocer los servicios del personal comprendido en el artículo 1° de la presente
Resolución, así como a dictar las normas interpretativas, aclaratorias, operativas y
complementarias para un mejor desarrollo de la citada Planta Transitoria, debiendo
proceder a comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del
Ministerio de Economía y Finanzas, las Resoluciones emergentes de lo planteado.
Artículo 6°.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a fin de
dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, a la
Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes y a la Subsecretaría
Gestión de Recursos Humanos dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas,
y para su conocimiento y demás fines remítase a la Secretaría de Desarrollo
Ciudadano de Vicejefatura de Gobierno. Cumplido, archívese. Santilli - Mura