RESOLUCIÓN 2166 2019 SUBSECRETARIA CARRERA DOCENTE Y FORMACION TECNICA PROFESIONAL
Síntesis:
TRASLADA LA TECNICATURA EN TURISMO SUSTENTABLE Y HOSPITALIDAD - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR NRO 29 - SITO EN GURRUCHAGA NRO 739 CABA - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR NRO 20 - CICLO LECTIVO 2019
Publicación:
20/03/2019
Sanción:
12/03/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA CARRERA DOCENTE Y FORMACION TECNICA PROFESIONAL
VISTO:
La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.017), La Ley N° 5.460 (texto
consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, los Decretos N° 363/15
y su modificatorio N° 92/AJG/2019, las Resoluciones N° 443/SED/94, N°
1506/SED/98, N° 803/SED/02, el Expediente Electrónico N° EX-2019-7897103-
MGEYA-SSCDFTP y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 443/94 de la Secretaria de Educación se estableció que los
Centros Nacionales Terciarios (C.E.N.T.), transferidos a la Ciudad de Buenos Aires por
Ley 24049, dependerían pedagógicamente y funcionalmente de la Dirección de Área
del Adulto y del Adolescente, dependiente de la Dirección General de Educación,
hasta tanto se apruebe su estructura definitiva;
Que por Resolución 1506/98 del Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires se estableció la numeración correlativa de los C.E.N.T.;
Que por Resolución 803/02 de Secretario de Educación del Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires se transfieren los C.E.N.T. a la Dirección General de Educación
Superior;
Que por Ley N° 2.185 se modifica la Ordenanza N° 40.593, incorporándose al
mencionado plexo normativo a los Institutos de Formación Técnica Superior
(anteriormente denominados C.E.N.T.);
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, se establece que el Ministerio
de Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover,
implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema
educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social,
administrar y fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública
estatal laica y gratuita en todos los niveles y modalidades;
Que el Decreto N° 365/AJG/2015 y su modificatorio 92/AJG/2019, se modificó la
estructura organizativa del entonces Ministerio de Educación fijando entre las
responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación
Técnica Profesional la de diseñar las políticas de formación técnica profesional
orientadas a la inserción en el ámbito laboral, y articular las funciones de los
organismos a su cargo, como es la Dirección de Formación Técnica Superior;
Que la Dirección de Formación Técnica Superior tiene entre sus competencias:
coordinar, implementar y supervisar el desarrollo de las políticas educativas de
formación Técnica Superior;
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa;
Que los Institutos de Formación Técnica Profesional (IFTS) brindan formación en
distintas modalidades y especialidades;
Que la Dirección de Formación Técnica Superior, mediante Nota 2018-34626476-
SSCDFTP indica que en los últimos años se ha observado un fuerte incremento en la
demanda de la formación de nivel técnico superior y asimismo, el sector productivo
requiere cada vez en mayor medida, perfiles técnicos con conocimientos específicos
en las diferentes disciplinas profesionales;
Que dado el continuo crecimiento del sector, la Dirección de Formación Técnica
Superior es un área que debe adaptarse y acompañar las necesidades del sector
educativo y productivo;
Que la Dirección sugiere la conformación de núcleos educativos que aseguren mayor
volumen en términos de matrícula y personal docente, mejor equipamiento y una
estrategia de fuerte relacionamiento con el sector productivo potenciando y
maximizando el intercambio y desarrollo de conocimientos y experiencias;
Que el Instituto de Formación Técnica Profesional N° 29 ofrece la Tecnicatura Superior
en Turismo
Sustentable y Hospitalidad aprobada por Resolución N°
915/SSGECP/2013;
Qué el Instituto de Formación Técnica Profesional N° 20 tiene entre su oferta
educativa la Tecnicatura Superior en Turismo Sustentable y Hospitalidad aprobada por
Resolución N° 1158/SSGECP/2016;
Que en razón de la especialidad mencionada, la Dirección de Formación Técnica
Profesional mediante Nota 2018-34626476-SSCDFTP propicia el traslado de la
Tecnicatura referida, tendiendo a la expansión de la oferta formativa del nivel técnico
superior, garantizando la continuidad de las trayectorias educativas de los estudiantes
y creando "Centros de Referencia" con mejor equipamiento y una estrategia de fuerte
relación con el sector productivo, conforme precisa la Dirección de Área;
Que cabe destacar, que el traslado propiciado no afectará a la Planta Orgánico
Funcional de los Institutos de Formación Profesional alcanzados por esta Resolución,
manteniéndose las condiciones, garantías y derechos consagrados en el Estatuto del
Docente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en las normas complementarias
vigentes;
Que las acciones que implica la presente resolución no requieren de mayor afectación
presupuestaria;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo1°- Trasládese la Tecnicatura en Turismo Sustentable y Hospitalidad que se
imparte en el Instituto de Formación Técnica Superior N° 29 al edificio sito en
Gurruchaga N° 739 de esta Ciudad, donde funciona el Instituto de Formación Técnica
Superior N° 20, a partir del ciclo lectivo 2019.
Artículo 2°-Establézcase que el traslado dispuesto en el artículo precedente se
realizará con la totalidad de los docentes designados para el dictado de la Tecnicatura
mencionada.
Artículo 3°- Encomiéndese a la Dirección de Formación Técnica Superior a realizar las
acciones pertinentes a fin de transferir la documentación oficial y la totalidad de los
bienes inventariados a fin de adecuarlo a las modificaciones realizadas en los artículos
precedentes, para el ciclo lectivo 2019.
Artículo 4° - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones Generales de Personal Docente
y No Docente, de Administración de Recursos, de Carrera Docente y a la Dirección de
Formación Técnica Superior. Cumplido, archívese. Tarulla