RESOLUCIÓN 480 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE JEFATURAS - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER - SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN SOCIAL - MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO - GERENCIA OPERATIVA ATENCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA - FORTALECIMIENTO DE LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD DE GÉNERO - COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA - ATENCIÓN INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA - JEFATURA DE DEPARTAMENTO - UNIDADES CONVIVENCIALES - CENTROS INTEGRALES DE LA MUJER - PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EN LA COMUNIDAD - PROMOCIÓN Y CAPACITACIÓN COMUNITARIA - ÁREA DESCONCENTRADA EN COMUNAS - OBSERVATORIO DE EQUIDAD DE GÉNERO - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS

Publicación:

21/03/2019

Sanción:

15/03/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes Nros. 471 y su modificatoria 6.025, 5.460 y su modificatoria 5.960 (textos

consolidados por Ley N° 6.017), los Decretos Nros 363/15 y modificatorios, 261/17 y

386/17, la Resolución Nro. 723/MMGC/14 y el Expediente Electrónico N° 08089724-

GCABA-MHYDHGC-2019 y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria 5.960, se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

estableciéndose las responsabilidades primarias de cada una de las unidades de

organización, y se fijaron las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 386/17 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de

Hábitat y Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 471 y su modificatoria 6.025 establece que el personal de la

Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene,

entre otros derechos, el de desarrollar una carrera administrativa que le posibilite el

desarrollo personal y profesional;

Que por Resolución N° 723/MMGC/14 se aprobó la reglamentación de las Jefaturas

del nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, en el marco de las

Actas de Negociación Colectiva N° 17/13 y N° 10/14, instrumentada por Resolución N°

1464/MHGC/14;

Que el Decreto N° 261/17 delegó en el entonces Ministro de Hacienda en forma

conjunta con el señor Vicejefe de Gobierno o los/as señores/as Ministros/as del Poder

Ejecutivo o la Secretaria Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, la facultad de crear y modificar las estructuras organizativas de

jefaturas;

Que, conforme lo expuesto y habiendo tomado intervención las jurisdicciones

competentes conforme el marco normativo expuesto supra corresponde aprobar la

estructura de Jefaturas dependiente de la Dirección General de la Mujer dependiente

del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano.

Por ello, y en uso de las facultades propias y las conferidas por Decreto N° 261/17,

LA MINISTRA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO

Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Apruébese la estructura organizativa de Jefaturas dependiente de la

Dirección General de la Mujer de la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio

de Hábitat y Desarrollo Humano, de acuerdo con los Anexos I (Organigrama - IF-2019-

08206026-GCABA-DGMUJ) y II (Descripción de Acciones - IF-2019-08206023-

GCABA-DGMUJ), los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 2°.- La Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano deberá informar, en un plazo de 30 (treinta)

días, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía

y Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Jefaturas en

virtud de lo establecido en el artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 3°.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento de la presente Resolución.

Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del

Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase

al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido archívese. Tagliaferri - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5582