ORDENANZA 52034 1997

Síntesis:

MODIFICA EL ARTÍCULO 101, INCISO 9) Y AGREGA EL INCISO 24) DE LA ORDENANZA N° 51.268 (B.O. N° 158) SOBRE EL EJERCICIO DE PROFESIONALES LIBERALES UNIVERSITARIOS NO ORGANIZADOS EN FORMA DE EMPRESA

Publicación:

25/06/1998

Sanción:

25/09/1997

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Estado:

No vigente


EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE

BUENOS AIRES SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° - Modifícase el Art. 101, inciso 9) de la Ordenanza N° 51.268 (B.O. N°158) Ordenanza Fiscal vigente; el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Inc. 9): El ejercicio de profesiones liberales universitarios no organizados en forma de empresa”.

Art. 2° - Agrégase al Artículo 101, de la Ordenanza Fiscal vigente N° 51.268 (B.O. N° 158) el siguiente inciso:

"Inc. 24): Aquellos profesionales que actúan en el proceso de creación, descriptos en los incisos 3) y 19) y que se encuentran comprendidos en la Ley N° 12.908 no organizados en forma de empresa, en tanto no superen una facturación que determinará anualmente la ordenanza Tarifaria."

Art. 3° - Fíjase en cuarenta mil pesos ($ 40.000) el importe, anual para este período fiscal al cual hace referencia el artículo precedente.

Art. 4° - Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 12 de junio de 1998.

La presente Ordenanza N° 52.034 ha quedado automáticamente promulgada el 22 de octubre de 1997.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Rentas y Empadronamiento Inmobiliario, gírese a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales en prosecución de su trámite.

Germán A. Voss

Subsecretario Legal y Técnico

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MODIFICA
Ord. 52034 modifica Art. 101, inc. 9) y agrega inc. 24) a la Ord. 51268 - Ejercicio de profesionales liberales universitarios