RESOLUCIÓN 1215 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE OTORGA - SUMA FIJA NO REMUNERATIVA - PERSONAL - RÉGIMEN GERENCIAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - ESTABLECE - REMUNERACIÓN BRUTA MENSUAL - DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 116 -MEFGC-19

Publicación:

25/03/2019

Sanción:

19/03/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO:

Las Leyes N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria N° 6025, y N°

5.460 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su modificatoria N° 5.960, los Decretos N°

684/09, 335/2011 y 363/15 y modificatorios, la Resolución N° 116/MEFGC/19, el

Expediente Electrónico N° 8.302.428-MGEYA-DGDSCIV/19 y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 684/09, se reglamentó el artículo 40 de la Ley N° 471 que

establece el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, creando dos niveles que se denominaron Gerencia Operativa y

Subgerencia Operativa, a los que les correspondieron las acciones y objetivos

previstos en las estructuras organizativas de este Gobierno;

Que posteriormente, por Decreto N° 335/2011 se modificó el artículo 3° del Decreto N°

684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que

se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les

corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras

Organizativas de este Gobierno;

Que el artículo 3° de la Resolución N° 116/MEFGC/19, estableció la remuneración

bruta mensual correspondiente al Régimen Gerencial de la Administración Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en el marco de la pauta salarial del año 2018 dispuesta para el personal de

planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

corresponde otorgar al personal que reviste dentro del Régimen Gerencial una suma

fija no remunerativa por única vez en el mes de marzo de 2019 y adecuar las

remuneraciones brutas previstas para dicho régimen en sus dos niveles, Gerente y

Subgerente Operativo, dejando sin efecto la Resolución N° 116 /MEFGC/2019;

Que por la Ley N° 5.460 y modificatoria N° 5.960 se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en tanto que mediante Decreto N°

363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el artículo 17 de la mentada Ley contempla entre los objetivos del Ministerio de

Economía y Finanzas el de diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la

política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto

administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N° 5.460 y

modificatoria N° 5.960,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Otórguese por única vez al personal que integra el Régimen Gerencial de

la Administración Pública de la Ciudad de Buenos Aires, una suma fija no

remunerativa de cinco mil pesos ($ 5.000), la que se abonará con los haberes del mes

marzo de 2019 y no integrará ninguna base de cálculo asociada a la remuneración

mensual bruta del cargo.

Artículo 2°.- Establécese a partir del 1° de marzo de 2019, la remuneración bruta

mensual correspondiente al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo (IF-2019-

08367094-DGDSCIV), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente

Resolución.

Artículo 3°.- Déjese sin efecto la Resolución N° 116 /MEFGC/19.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, Planificación y Control Operativo, Administración y Liquidación de

Haberes, Desarrollo del Servicio Civil y Relaciones Laborales del Ministerio de

Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5584

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 1506-MEFGC-19 deja sin efecto el artículo 2 de la la Resolución 1215-MEFGC-19.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3° de la Resolución Nº 1215-MEFGC-19 deja sin efecto la Resolución N° 116-MEFGC-19.</p>