DECRETO 121 2019
Síntesis:
SE APRUEBAN PLIEGOS DE CONDICIONES PARTICULARES - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - AUTORIZA LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA - SERVICIO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL ARBOLADO PÚBLICO LINEAL O VIARIO Y DEMÁS SERVICIOS CONEXOS DE LAS COMUNAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SECRETARÍA DE ATENCIÓN Y GESTIÓN CIUDADANA - SERVICIO BÁSICO DE MANTENIMIENTO POR INTERVENCIONES - RUBRO A - SERVICIO DE MANTENIMIENTO Y EJECUCIÓN DE TRABAJOS ADICIONALES - RUBRO B
Publicación:
28/03/2019
Sanción:
27/03/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ley N° 2.095 (Texto Consolidado según Ley N° 6.017), el Decreto Reglamentario
N° 326/GCBA/17 y sus complementarios, la Disposición N° 1274/DGCYC/17, el
Expediente Electrónico 05616922-GCABA-DGCCOM/19, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la Licitación Pública N°
156/SIGAF/2018, que tiene por objeto la contratación del "Servicio de mantenimiento
integral del arbolado público lineal o viario y demás servicios conexos de las Comunas
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que el servicio comprende todas las acciones necesarias para el mantenimiento
integral del arbolado viario o de alineación, incluyendo tanto las tareas de Servicio
Básico de Mantenimiento por Intervenciones (Rubro A), como aquellos de Servicio de
Mantenimiento y ejecución de trabajos adicionales (Rubro B);
Que el plazo de ejecución de dicho servicio es de VEINTICUATRO (24) meses
consecutivos e ininterrumpidos contados a partir de la fecha de comienzo de los
trabajos fijados en el Acta de Inicio;
Que a tenor de lo expuesto y de acuerdo a las características solicitadas para la
presente contratación, corresponde la tramitación de la misma al amparo de lo previsto
por los artículos 27, 31 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley
N° 6.017) y su correspondiente reglamentación;
Que se ha procedido a dar inicio a la Licitación Pública a través del Sistema Integrado
de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) bajo el número de Proceso de
Compra 156/SIGAF/2018; conforme la excepción otorgada por la Dirección General de
Compras y Contrataciones mediante NO-2019-08003856-GCABA-SSGEOPE y
extendida por NO-2019-08152368-GCABA-SSGEOPE;
Que por Disposición N° 1274/DGCYC/17, el Director General de Compras y
Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 87 de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado Ley N° 6.017)
aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la adquisición de
bienes y servicios, el cual regirá la contratación perseguida;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas;
Que entre las funciones de la Secretaría Atención y Gestión Ciudadana dependiente
de la Jefatura de Gabinete de Ministros se encuentran, entre otras, la de entender en
el diseño de políticas tendientes a mantener el espacio público de escala comunal;
Que, atento a lo expuesto y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta
conveniente delegar al señor titular de la Secretaría de Atención y Gestión Ciudadana,
la facultad de realizar el llamado a licitación pública, encomendándole las atribuciones
de emitir circulares aclaratorias con y sin consulta que resulten necesarias sobre la
documentación licitatoria, designar a los miembros de la Comisión de Evaluación de
Ofertas, dictar los actos administrativos necesarios para adjudicar la licitación pública y
dictar todos los actos administrativos que fueren necesarios para la materialización,
control y ejecución de los servicios desde su inicio hasta su finalización, así como las
ampliaciones o disminuciones, prórrogas y rescisiones, en caso de corresponder, todo
ello en el marco de la normativa aplicable;
Que el Presupuesto Oficial de la presente Licitación Pública asciende a la suma total
de PESOS DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS
DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 56/100 ($ 2.574.518.218,56.-),
obrando en las actuaciones la afectación presupuestaria correspondiente;
Que, a los fines propuestos, corresponde adoptar las acciones pertinentes para la
realización de la contratación del servicio de referencia;
Que, han tomado la intervención de su competencia la Dirección General de
Redeterminación de Precios y la Gerencia Operativa Asuntos Legales de Seguros
dependientes de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de
Economía y Finanzas, así como la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires
en el marco de la Ley N° 1218 (Texto Consolidado Ley N° 6.017).
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébanse los Pliegos de Condiciones Particulares (PLIEG-2019-
09019204-GCABA-SECAYGC) y de Especificaciones Técnicas (IF-2019-08976085-
GCABA-DGCCOM) que como Anexos forman parte integrante del presente Decreto,
que regirán la Licitación Pública que tiene por objeto la contratación del "Servicio de
mantenimiento integral del arbolado público lineal o viario y demás servicios conexos
de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" por un plazo de
VEINTICUATRO (24) meses, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS
DOS MIL QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS
DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO CON 56/100($ 2.574.518.218,56.-),
Artículo 2°. Autorízase al señor Secretario de Atención y Gestión Ciudadana a realizar
el pertinente llamado a Licitación Pública, conforme la documentación que se aprueba
por el artículo 1° del presente Decreto, emitir las circulares aclaratorias con y sin
consulta que resulten necesarias sobre la documentación aprobada por el artículo 1°,
designar a los miembros de la Comisión de Evaluación de Ofertas, dictar el acto
administrativo de adjudicación, y dictar todos los actos administrativos que fueren
necesarios para la materialización, control y ejecución de los servicios desde su inicio
hasta su finalización, así como las ampliaciones y disminuciones, prórrogas y
rescisiones, en caso de corresponder.
Artículo 3°.- El presente gasto se imputará a la partida presupuestaria de los ejercicios
correspondientes subordinado al crédito que para cada ejercicio se consigne en los
respectivos presupuestos.
Artículo 4°- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y en la
página web Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a las
Direcciones Generales Compras y Contrataciones y de Contabilidad y Patrimonio del
Ministerio de Economía y Finanzas y remítase a la Gerencia Operativa de Compras,
Obras y Mantenimiento de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, para la prosecución del trámite. Cumplido,
archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel