DECRETO 128 2019
Síntesis:
SE SANCIONA CON EXONERACIÓN - AGENTE - HORACIO ALBERTO AFONSO - SUMARIO ADMINISTRATIVO 215-13 - INCUMPLIMIENTO DE SUS DEBERES Y OBLIGACIONES - ESTATUTO DEL DOCENTE MUNICIPAL
Publicación:
04/04/2019
Sanción:
03/04/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado según Ley N° 6017), la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto
consolidado por Ley N° 6017), la Resolución N ° 2.257/MEGC/13, el Expediente N°
2.929.488/MEGC/13 e Incorporado N° 1.457.225/10 y,
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramitó el sumario administrativo N° 215/13
ordenado por la Resolución N° 2.257/MEGC/13 a fin de investigar los hechos y
deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar respecto del docente Horacio
Alberto Afonso, D.N.I. N° 11.027.136 en relación al incumplimiento de sus deberes y
obligaciones emanadas del Estatuto del Docente Municipal;
Que en mérito a las constancias obrantes en los antecedentes y de las colectadas en
la instrucción del precitado Sumario, se dispuso el llamado a declaración indagatoria al
agente, quien habiendo sido citado a las audiencias fijadas a tal efecto no se hubo
presentado;
Que en orden a ello, y habida cuenta de los elementos colectados, al agente Horacio
Alberto Afonso se le formularon los cargos administrativos por transgredir los deberes
impuestos en el artículo sexto, incisos e y g del Estatuto del Docente (Ordenanza N°
40.593, texto consolidado según Ley N° 6017), quedando aprehendida su conducta en
las previsiones del artículo 36, inciso g del citado ordenamiento;
Que la Junta de Disciplina, al tomar la intervención de su competencia, acordó -por
unanimidad- con los cargos formulados;
Que habiéndose notificado al sumariado los cargos que se le formularan así como
también la concesión de plazo a fin de presentar descargo y ofrecer prueba y de
alegar, sin que efectuara presentación alguna, se procedió a clausurar la instrucción;
Que en consecuencia la Dirección General de Sumarios, mediante Dictamen N° IF-
2018-13187678-DGSUM, concluyó que se tenía por probado que el sumariado
cometió todos los cargos reprochados por lo que, aconsejó sancionar con exoneración
al docente Horacio Alberto Afonso, D.N.I. N° 11.027.136 , por transgredir los deberes
impuestos en el artículo sexto, incisos e y g del Estatuto del Docente, quedando
aprehendida su conducta en las previsiones del artículo 36, inciso g del citado
ordenamiento;
Que la Junta de Disciplina en su intervención mediante Dictamen identificado como
Informe N° IF-201819408537-DGCDO, manifestó su conformidad respecto de aplicar
al agente la sanción de exoneración, en orden a la totalidad de los cargos que le
fueran formulados;
Que tanto la Dirección General Personal Docente y No Docente dependiente del
Ministerio de Educación e Innovación por NO-2018-29945204-DGPDYND, como la
Dirección General de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas por NO-2018-
30691826-DGRELLAB, hicieron saber respecto de Horacio Alberto Afonso que no
registra representación gremial, en el marco del artículo 48 de la Ley N° 23.551 de
tutela sindical;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de
Educación ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1.- Sanciónase con exoneración al agente Horacio Alberto Afonso (D.N.I. N°
11.027.136), por haber sido hallado responsable de los cargos que le fueran
formulados en el sumario administrativo N° 215/13, por transgredir los deberes
impuestos en el artículo sexto, incisos e y g del Estatuto del Docente (Ordenanza N°
40.593, texto consolidado según Ley N° 6017), quedando aprehendida su conducta en
las previsiones del artículo 36, inciso g del citado ordenamiento.
Artículo 2.- El presente Decreto es refrendado por la Señora Ministra de Educación e
Innovación, y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del
Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e
Institucional dependiente del Ministerio de Educación e Innovación, y a la Procuración
General de la Ciudad. Notifíquese al señor Horacio Alberto Afonso (D.N.I. N°
11.027.136) en los términos de los artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciéndole saber que el
presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular
dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de reconsideración, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza N° 40.593 (texto
consolidado según Ley N° 6017) o el recurso previsto en el artículo 464 del Código
Contencioso Administrativo y Tributario (Ley N° 189). Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel