DECRETO 600 1996
Síntesis:
CREA LA INSTANCIA ORGÁNICA ADJUNTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Publicación:
02/01/1997
Sanción:
25/11/1996
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 12-GCBA-96, por el cual se aprueba el esquema orgánico de primer nivel del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y
CONSIDERANDO:
Que en el ámbito de la Secretaría de Hacienda y Finanzas se encuentra prevista la Dirección General Administración de Recursos Humanos;
Que es objetivo de este Gobierno optimizar la gestión en mateha de administración de personal;
Que en virtud de ello resulta necesario prever una instancia orgánica de asistencia al primer nivel del organismo mencionado, a fin de lograr una adecuada proyección operativa;
Que asimismo, es menester designar al funcionario que reúna las condiciones exigidas para desempeñar dicha función;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (artículo 104, inciso 9 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),
Artículo 1° - Créase la Instancia Orgánica Adjunta de la Dirección General Administración de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría Administración de Recursos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, denominada Dirección General Adjunta, la que tendrá Nivel A, Grado 02 (SIMU.P.A.), y el suplemento por función ejecutiva correspondiente al nivel asignado.
Art. 2° - Exceptúase lo dispuesto en el artículo precedente del capítulo7, inciso g) del Anexo del Decreto N° 1711-94.
Art. 3° - Desígnase al señor Jorge Héctor De Feo, L.E. N° 4.553.882, F.M. N° 199.220, como Director General Adjunto de la Dirección General Administración de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría Administración de Recursos de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, partida 7016.0000.S. 918.A.02, retiene sin percepción de haberes la partida 7016.0000. A.02.347.N.20.
Art. 4° - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General Planificación Presupuestaria, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma.
Art. 5° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
Art. 6° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración de Recursos Humanos.