DECRETO 129 2019
Síntesis:
SE APRUEBA PRESUPUESTO - EJERCICIO 2019 - SOCIEDAD DEL ESTADO SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES - SBASE - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE - PLAN DE ACCIÓN - INGRESOS Y GASTOS CORRIENTES - RECURSOS Y GASTOS DE CAPITAL -
Publicación:
08/04/2019
Sanción:
04/04/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros 70 y 5.460 (textos consolidados por Ley N° 6017) y su modificatoria N°
5960, y los Decretos Nros 1000/99 y 151/18, el Expediente Electrónico N° EX-2019-
05299330- -GCABA-DGOGPP, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose
la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que, por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima
autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del
Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remiten a la
Oficina de Presupuesto;
Que, asimismo los artículos 75 y 76 de dicha Ley disponen que la Oficina de
Presupuesto analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades,
prepara un informe y posteriormente los mismos son sometidos a la aprobación del
Poder Ejecutivo, de acuerdo con las modalidades y los plazos que establezca la
reglamentación;
Que, de conformidad con la citada norma, corresponde al Poder Ejecutivo aprobar, en
su caso, con los ajustes que considere conveniente, los presupuestos de las empresas
y sociedades con participación mayoritaria del Estado;
Que, el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, reglamentario del artículo 76 de la Ley N°
70 establece que para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado
en la Ley, la Oficina de Gestión Pública debe preparar el informe de los proyectos
recibidos, así como las estimaciones presupuestarias de oficio;
Que, mediante el Decreto N° 151/18 se aprobó el cronograma para la formulación de
los presupuestos de las empresas públicas, sociedades del Estado de la Ciudad y
todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad
tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones
societarias para el ejercicio 2019, de conformidad con el Anexo II integrante del citado
Decreto;
Que, en concordancia con lo expresado previamente, por el expediente mencionado
en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2019 formulado por
la empresa Subterráneos de Buenos Aires S.E (SBASE), organismo fuera de nivel
bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, cuyo proyecto expone
en detalle sus ingresos, egresos y flujo de fondos;
Que, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente
de la Subsecretaria de Gestión y Administración Económica del Ministerio de
Economía y Finanzas elaboró el informe pertinente, en cumplimiento con lo
establecido por el artículo 75 de la Ley 70, aconsejando la aprobación del presupuesto
2019 de la citada Sociedad del Estado.
Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los artículos 102 y
104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase el Presupuesto para el ejercicio 2019 de la Sociedad del
Estado Subterráneos de Buenos Aires (SBASE), Organismo Fuera de Nivel bajo la
órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, de conformidad con lo
detallado en el Anexo I (IF-2019-08571287-GCABA-MDUYTGC), que a todos sus
efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- Estímase en la suma de pesos CUATRO MIL OCHOCIENTOS CATORCE
MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL ($ 4.814.385.000), los ingresos
corrientes y fíjase en la suma de pesos CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA
MILLONES ($ 4.550.000.000), los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que
figura en la planilla del Anexo I (IF-2019-08571287-GCABA-MDUYTGC).
Artículo 3°.- Estímase en la suma de pesos TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y
TRES MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO
($ 3.563.914.631) los recursos de capital y fíjase en pesos TRES MIL OCHOCIENTOS
VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS
TREINTA Y UNO ($ 3.828.299.631), los gastos de capital, de acuerdo con el detalle
obrante en la planilla del Anexo I (IF-2019-08571287-GCABA-MDUYTGC).
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo
Urbano y Transporte, de Economía y Finanzas, y por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto
del Ministerio de Economía y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos,
remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Mura - Miguel