DECRETO 130 2019

Síntesis:

NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1 DE LA DECRETO 130-19 DESESTIMA EL RECURSO JERÁRQUICO, INTERPUESTO EN SUBSIDIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN, INCOADO POR EL SR. DAVID ANTONIO CORONEL CONTRA LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN 1011-MJYSGC-15, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL. DESESTIMA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - INTERPUESTO EN SUBSIDIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - DAVID ANTONIO CORONEL - RESOLUCIÓN 1011-MJYSGC-15 - BAJA OBLIGATORIA - POLICÍA METROPOLITANA - POLICIA DE LA CIUDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD 

Publicación:

10/04/2019

Sanción:

05/04/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017), el Decreto N° 391/18, las Resoluciones

Nros. 1011-MJYSGC/15 y 791-MJYSGC/17, el Expediente Electrónico N° 39422004-

MGEYA-PMCABA/15, y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico en subsidio, interpuesto

por el Sr. David Antonio Coronel (DNI N° 26.667.252), contra los términos de la

Resolución N° 1011-MJYSGC/15, que dispuso su baja obligatoria de la Institución;

Que, por Resolución N° 791-MJYSGC/17 de fecha 19 de octubre de 2017, el titular del

Ministerio de Justicia y Seguridad, desestimó el Recurso de Reconsideración

interpuesto por Coronel contra la Resolución N° 1011-MJYSGC/15, en los términos del

artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, con fecha 20 de septiembre de 2018, se notificó al recurrente la resolución

previamente mencionada, haciéndole saber mediante cédula notificada con fecha 9 de

octubre de 2018 sobre la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico

incoado en subsidio del de reconsideración dentro del plazo de 5 (cinco) días,

conforme los términos del artículo N° 111 in fine de la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que cumplido el plazo legal citado, y no habiendo el impugnante hecho uso del

mencionado derecho de ampliar o mejorar los fundamentos, corresponde tener por

reproducidos los fundamentos fácticos y jurídicos plasmados en la Resolución N°

791/MJYSGC/17 que sirvieron de base para rechazar el recurso de reconsideración

deducido;

Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la

Procuración General mediante el Dictamen Jurídico N° IF-2017-17023029-DGEMPP,

corresponde el rechazo del recurso incoado.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico, interpuesto en subsidio del recurso de

reconsideración, incoado por el Sr. David Antonio Coronel (DNI N° 26.667.252) contra

los términos de la Resolución N° 1011-MJYSGC/15.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno

(Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

al interesado en los términos de los artículos N° 62 y 63 de la Ley de Procedimientos

Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que el

presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer

recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de

Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto

consolidado según Ley N° 6.017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al

Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Santilli p/p - Miguel