DECRETO 149 2019
Síntesis:
SE CREA - CENTRO EDUCATIVOS COMPLEMENTARIOS DE NATACIÓN 4 - ESCUELA 4 - DISTRITO ESCOLAR 16 - CENTRO EDUCATIVO COMPLEMENTARIO DE NATACIÓN 5 - POLIDEPORTIVO 9 DE JULIO - APRUEBA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - CARGOS A CREAR - MAESTRO/A SECRETARIO - DIRECTOR/A - JORNADA COMPLETA
Publicación:
25/04/2019
Sanción:
23/04/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley
N° 5.960, las Ordenanzas Nros. 40.426, 40.593 (Textos consolidados por Ley N°
6.017) y sus modificatorias, y 44.874, los Decretos Nros. 551/93, 1538/07, 363/15 y
sus modificatorios, la Resolución N° 344/MEIGC/18, el Expediente Electrónico N°
10.568.427/GCABA-DGEGE/19, y
CONSIDERANDO:
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa expandiendo la
Red Escolar para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.960, establece que el Ministerio de
Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar
y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo
único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social, administrar y
fiscalizar el sistema de educación, asegurando la educación pública estatal laica y
gratuita en todos los niveles y modalidades;
Que mediante la Ordenanza N° 40.426, fue incorporada al diseño curricular de las
escuelas de Nivel Primario dependientes de la entonces Municipalidad de la Ciudad de
Buenos Aires, la enseñanza y ejercitación de la natación en el área de Educación
Física;
Que atento ello, mediante la Resolución N° 344/MEIGC/18 se estableció la
implementación de la práctica de natación con carácter obligatorio para todas las
escuelas de Nivel Primario y de modalidad Especial de conformidad con los
lineamientos de la Ciudad de Buenos Aires, detallados en el Anexo de la Resolución
precitada;
Que mediante la Ordenanza N° 44.874 se incluyó en el Estatuto del Docente,
aprobado mediante Ordenanza N° 40.593 y modificatorias, a los Centros Educativos
Complementarios;
Que de esta manera, oportunamente por los Decretos Nros. 551/93 y 1538/07, se
crearon los Centros Educativos Complementarios de Natación Nros. 1, 2 y 3
respectivamente;
Que los mentados Centros permiten una adecuada organización en la implementación
del Plan de Natación, como así también la profundización en las propuestas de
enseñanza en atención a las particularidades del medio acuático;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Educación e Innovación bajo cuya dependencia se
encuentra la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la
Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;
Que el Ministerio de Educación e Innovación promueve la creación del Centro
Educativo Complementario de Natación N° 4, que funcionará en la Escuela N° 4
Distrito Escolar N° 16, sita en la calle Terrada N° 3983, de esta Ciudad, y la creación
del Centro Educativo Complementario de Natación N° 5, que funcionará en el
Polideportivo "9 de Julio", sito en Av. Suarez N° 1851, de esta Ciudad;
Que la creación que se propicia responde a la necesidad de contribuir a una mejor
organización y distribución de los natatorios a los que asiste la población destinataria
del Plan de Natación de todas las escuelas de Nivel Primario de esta jurisdicción;
Que en dicho sentido, la impulsada creación genera un mejoramiento en las
condiciones de la experiencia en el medio acuático, toda vez que los equipos de
conducción de cada Centro podrán realizar un seguimiento más personalizado,
atendiendo a un segmento menor de estudiantes y docentes;
Que asimismo y a tal fin, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta
Orgánico Funcional correspondiente.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Créase el Centro Educativo Complementario de Natación N° 4, el que
funcionará en la Escuela N° 4 Distrito Escolar N° 16, sita en la calle Terrada N° 3983,
de esta Ciudad.
Artículo 2°.- Créase el Centro Educativo Complementario de Natación N° 5, el que
funcionará en el Polideportivo "9 de Julio", sito en la calle Suarez N° 1851, de esta
Ciudad.
Artículo 3°- Apruébese la Planta Orgánica Funcional conforme lo detallado en el Anexo
(IF-2019-10570179DGEGE), la que prestará funciones en los Centros Educativos
Complementarios de Natación creados por los artículos 1° y 2°, respectivamente y de
conformidad con los cargos allí detallados.
Artículo 4°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación e Innovación para designar,
cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el
artículo 3°.
Artículo 5°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado a la Partida
Presupuestaria vigente.
Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e
Innovación, por el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de
Gabinete de Ministros.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás
efectos pase al Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel