RESOLUCIÓN 1856 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

REENCASILLAMIENTO  - SOLICITUDES DE REVISIÓN NCA - VIGENCIA - TENDRÁN EFECTO A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2019 - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Publicación:

07/05/2019

Sanción:

25/04/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes N° 471 (Texto consolidado por Ley N° 6.017), y su modificatoria N°

6.025, y N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960,

las Actas de Negociación Colectivas N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por

Resolución N° 20/MHGC/14, N° 4/15 y modificatoria, instrumentada por Resoluciones

N° 628/MHGC/15 y N° 339/MMGC/15, N° 19/17 y modificatorias, instrumentada por

Resolución N° 625/MEFGC/18, y la N° 30/18, instrumentada por Resolución N°

2.286/MEFGC/18, las Resoluciones N° 679/MEFGC/18 y modificatorias, y N°

2.566/MEFGC/18 y modificatorias, el Expediente Electrónico N° 2019-12.791.891-

MGEYA-DGDSCIV y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 471, y su modificatoria N° 6.025, se sancionó el Régimen de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, estableciéndose, entre otros, los principios generales sobre los cuales debe

organizarse la carrera administrativa y el respectivo escalafón;

Que el artículo 17 de la Ley N° 5.460, y su modificatoria N° 5.960 dispone que, el

Ministerio de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires tiene dentro de sus competencias la de "Diseñar e implementar la carrera

administrativa, así como el régimen gerencial, o cualquier régimen especial,

establecido en la Ley N° 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por

Resolución N° 20/MHGC/14, se aprobó el Nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera

Administrativa aplicable al personal del Escalafón General de la planta permanente de

la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

dependiente del poder ejecutivo, al personal del Escalafón General de los Cuerpos

Artísticos, Escenotécnicos y de Servicios Auxiliares, comprendidos en el Anexo IV del

Decreto N° 671/MCBA/92, modificado por el Decreto N °1.880/MCBA/92, y al personal

dependiente de las comunas;

Que en este marco, la Resolución N° 679/MEFGC/18 y modificatorias, aprobó a partir

del 1° de julio de 2018, el reencasillamiento de los agentes comprendidos dentro del

artículo 1° del Acta de Negociación Colectiva N° 19/17 y modificatorias, instrumentada

por Resolución N° 625/MEFGC/18, pertenecientes a los agrupamientos Atención al

Ciudadano, Emergencias, Inspección y Verificación, Servicios Generales y

Mantenimiento, Actividades de Asistencia a la Salud y Apoyo Social, Tecnologías de la

Información y las Comunicaciones, y Gestión Gubernamental;

Qué asimismo, mediante Resolución N° 2.566/MEFGC/18 y modificatorias, se aprobó,

a partir del 1° de julio de 2018, el reencasillamiento de los agentes comprendidos en el

artículo 1° del Acta de Negociación Colectiva N° 30/18, instrumentada por Resolución

N° 2.286/MEFGC/18, pertenecientes al agrupamiento Actividades Artísticas y

Escenotécnicas;

Que mediante Acta de Negociación Colectiva N° 16/18, instrumentada por Resolución

N° 625/MEFGC/18, se estableció que el personal comprendido será notificado de su

reencasillamiento con el correspondiente recibo de haberes, y podrá interponer las

presentaciones que puedan surgir dentro del marco del mismo, conforme los

lineamientos establecidos por el Acta de Negociación Colectiva N° 26/18,

instrumentada por Resolución N° 1436/MEFGC/2018;

Que asimismo y con el objeto de atender las eventuales "Solicitudes de Revisión

NCA", dentro del marco de las normas de equilibrio fiscal, se hace necesario contar

con la debida previsión presupuestaria a fin de facilitar la correcta asignación de

recursos.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 5.460 y su modificatoria

N° 5.960,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Determínese que las "Solicitudes de Revisión NCA", aprobadas por la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente de esta cartera

ministerial, conforme el procedimiento establecido por Acta de Negociación Colectiva

N° 26/18, instrumentada por Resolución N° 1436/MEFGC/18, tendrán efecto a partir

del 1° de enero de 2019.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, y a las Direcciones Generales Desarrollo del Servicio Civil, Administración y

Liquidación de Haberes, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y Técnica,

Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido,

archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art 1 de la Resolución 1856-MEFGC-19 determina que las Solicitudes de Revisión NCA tendrán efecto a partir del 1 de enero de 2019, conforme el procedimiento establecido por Acta de Negociación Colectiva 26-18, instrumentada por Resolución 1436-MEFGC-18.</p>