DISPOSICIÓN 78 2019 SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
Síntesis:
SE APRUEBA - TALLER - RELACIÓN DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD CON LA COMUNIDAD UN CAMINO HACIA LAS BUENAS PRÁCTICAS - ASPIRANTE A OFICIAL DE LA POLICÍA - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
Publicación:
14/05/2019
Sanción:
09/05/2019
Organismo:
SECRETARIA ACADEMICA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA
VISTO: La Ley N° 5688, la Resolución N° 16/ISSP/19, la Nota N°
14713162/SAISSP/19 y el Expediente Electrónico N° 14711725/MGEYA/SGISSP/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la mencionada ley erige al Instituto Superior de Seguridad Pública como una
instancia de apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública
y órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema, entre los que se destaca a los aspirantes a Oficial de
la Policía de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el ingreso a la Policía de la Ciudad se produce previa aprobación de los
programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto
Superior de Seguridad Pública (128 inc. 7 Ley 5688);
Que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad deben cursar y aprobar el curso
de formación inicial que dicta el Instituto Superior de Seguridad Pública, que es quien
determina entre otras cuestiones, el contenido del diseño curricular, el régimen de
asistencia y de evaluación, el régimen de prácticas profesionalizantes, las actividades
extracurriculares y de extensión y demás aspectos que hacen a la formación de los
futuros Oficiales (Arts. 151, 151 y 380 Ley 5688);
Que desde otra perspectiva, en el Libro IV referido al Instituto Superior de Seguridad
Pública, la Ley 5688 prescribe que para egresar como Oficial de la Policía de la
Ciudad, el cadete debe aprobar íntegramente el Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad, incluidas las prácticas profesionalizantes,
visitas, seminarios, talleres y conferencias que se establezcan para contribuir a la
formación integral técnico humanística del futuro oficial (Art. 379 Ley 5688);
Que por la Resolución N° 16/ISSP/19 se aprobó el "Curso de Formación Inicial para
Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires";
Que conforme reza el artículo 7 del Anexo I de la Resolución 14/ISSP/13 "Reglamento
del Instituto Superior de Seguridad Pública", entre los fines y objetivos de esta casa de
estudios, se encuentra el realizar todo tipo de actividad académica que fortalezca su
labor;
Que entre los núcleos de formación que se constituyen como pautas de la estructura
pedagógica curricular de la formación inicial, se encuentra el de derechos humanos y
ética profesional (Art. 376 inc. 3 Ley 5688);
Que en este marco, resultando relevante el desarrollo de prácticas profesionalizantes y
actividades extracurriculares destinadas a formar integralmente a los alumnos del
"Curso para Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad",
sobre la base de una propuesta de capacitación efectuada por la Defensoría del
Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, mediante la Nota N° 14713162/SAISSP/2019 la
Sra. Responsable del Departamento de Formación Inicial y Superior, elevó a
consideración de esta instancia el "Taller de Relación con las Fuerzas de Seguridad
con la comunidad. Un Camino hacia las buenas prácticas";
Que la Defensoría del Pueblo de la Ciudad detenta entre sus funciones la defensa,
protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos y garantías e
intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución Nacional, la
Constitución de la Ciudad y las leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la
administración, de prestadores de servicios públicos y de las fuerzas que ejerzan
funciones de policía de seguridad local;
Que la finalidad del taller es que los aspirantes a Oficial de la Policía de la Ciudad
puedan identificar conductas disvaliosas en las que pueden ocurrir las fuerzas de
seguridad, reflexionar sobre sus consecuencias, e identificar las buenas prácticas
policiales, desarrollando un análisis crítico de las conductas cotidianas con especial
atención de aquellas que pueden ser calificadas como "violencia institucional";
Que la presente actividad extracurricular se enmarca en las prácticas
profesionalizantes y procura que los cadetes aprehendan conocimientos en materia de
buenas prácticas policiales y de respeto por los derechos humanos desde la
perspectiva y experiencia de la Defensoría del Pueblo;
Que es clara la importancia que detenta un taller sobre esta temática para la formación
integral de los futuros oficiales de la Policía de la Ciudad, puesto que versa sobre
situaciones concretas a las que se enfrentará el futuro oficial de la Policía de la Ciudad
en su la actividad profesional;
Que a la luz de todo lo expuesto, se impone dictar el acto administrativo
correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Aprobar el "Taller de Relación de las fuerzas de seguridad con la
comunidad. Un camino hacia las buenas prácticas", destinado a los alumnos del
"Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad de
Buenos Aires"; que como Anexo IF N° 15101697/SAISSP/2019 forma parte integrante
de la presente Disposición.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Responsable del
Departamento de Capacitación y Evaluación Permanente del Instituto Superior de
Seguridad Pública, al Departamento de Formación Inicial y Superior del Instituto
Superior de Seguridad Pública y al Departamento de Instrucción Policial del Instituto
Superior de Seguridad Pública, a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos
Aires. Cumplido, archívese. Unrein