RESOLUCIÓN 3426 2019 MINISTERIO DE CULTURA
Síntesis:
LA PRESENTE NORMA FUE NUEVAMENTE PUBLICADA EN BOCBA 5623 DEL 22-5-2019- CONVOCATORIA - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE INCLUSIÓN - RÉGIMEN DE PARTICIPACIÓN CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PARTICIPACIÓN PRIVADA - FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS CULTURALES - MINISTERIO DE CULTURA - TRÁMITES A DISTANCIA - TAD - MECENAZGO
Publicación:
16/05/2019
Sanción:
13/05/2019
Organismo:
MINISTERIO DE CULTURA
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley N° 5.460
(texto consolidado por Ley N° 6.017), modificada por la Ley N° 5.960, la Ley N° 6.026 y
su Decreto Reglamentario N° 155/GCABA/2019, el Decreto N° 363-GCABA-2015 y
sus modificatorios, la Resolución N° 3385/MCGC/GCABA/2019, el EX-2019-
15201999- -GCABA-DGTALMC y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.026 creó el Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires destinado a estimular e incentivar la participación privada para el
financiamiento de proyectos culturales y estableció al Ministerio de Cultura como su
autoridad de aplicación;
Que el Decreto N° 155/GCABA/2019 aprobó la reglamentación de la referida Ley y
facultó al Ministerio de Cultura, en su calidad de autoridad de aplicación, a dictar las
normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para la
aplicación de dicha reglamentación;
Que mediante la Resolución N° 3385/MCGC/2019 se aprobó el Reglamento General
del Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los
formularios requeridos que regirán las convocatorias para la presentación de
solicitudes de inclusión al referido Régimen;
Que en este contexto, y en su carácter de autoridad de aplicación, este Ministerio
propicia la apertura del llamado a convocatoria para la presentación de solicitudes de
inclusión al Régimen de Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
la intervención de su competencia;
Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N° 6.026 y su Decreto
Reglamentario N° 155/GCABA/2019;
Artículo 1°.- Convócase a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de
Participación Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la presentación de
solicitudes de inclusión al referido Régimen, desde las 10 horas del 15 de mayo de
2019 hasta las 17 horas del 12 de junio de 2019.
Artículo 2°.- La presente convocatoria se regirá según lo dispuesto en los Anexos I
"Reglamento General del Régimen de Participación Cultural de la Ciudad de Buenos
Aires" (bajo N° 2019-15169331-GCABADGTALMC), II "Formulario de datos" (bajo N°
IF 2019-15169627-GCABA-DGTALMC), III "Formulario de proyecto cultural" (bajo N°
IF-2019-15169827-GCABA-DGTALMC), IV "Declaración jurada sobre obra de dominio
público" (bajo N° IF-2019-15170215-GCABA-DGTALMC), V "Declaración jurada de
acuerdo" (bajo N° IF-2019-13835000-GCABA-DGTALMC), VI "Formulario de rendición
de cuentas" (bajo N° IF-2019-13835444-GCABA-DGTALMC) y VII "Nota de
compensación por los servicios prestados" (bajo N° IF-2019-13835560-GCABA-
DGTALMC), aprobados mediante la Resolución N° 3385/MCGC/GCABA/2019.
Artículo 3°.- Establézcase que los solicitantes deberán efectuar sus presentaciones a
través de la Plataforma de TRÁMITES A DISTANCIA DEL GOBIERNO DE LA
CIUDAD DE BUENOS AIRES (TAD) mediante el ingreso en la página:
http://www.buenosaires.gob.ar/tramites/tad, entre las fechas estipuladas en el artículo
1° de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Establézcase un monto máximo por solicitud presentada, conforme al
siguiente detalle:
a) Personas humanas: Hasta pesos quinientos mil ($ 500.000);
b) Personas jurídicas: Hasta pesos quince millones ($ 15.000.000).
Artículo 5°.- Establézcase que en el marco de la presente convocatoria se valorarán
aquellos proyectos culturales que tengan por objeto el desarrollo de actividades en
espacios públicos del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de
Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Avogadro