LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2019

Síntesis:

EXP. 1504-C-2018. SE DENOMINA BARRIO PADRE RODOLFO RICCIARDELLI - CONJUNTO URBANO - AVENIDA VARELA - LIMITE DEL CLUB DAOM - AV CORONEL ESTEBAN BONORINO - AV RIESTRA - PRESIDENTE TORRES Y TENORIO - CALLES JOSÉ BARROS PAZOS - AGUSTÍN DE VEDIA - CORONEL MARTINIANO CHILAVERT - AVENIDAS GRAL FRANCISCO FERNÁNDEZ DE LA CRUZ Y PERITO MORENO

Publicación:

28/05/2019

Sanción:

16/05/2019

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley (Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la

Constituciónde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Denomínase "Barrio Padre Rodolfo Ricciardelli" al conjunto urbano

limitado por la Avenida Varela, limite del Club Daom, Av. Coronel Esteban Bonorino,

Av. Riestra, Presidente Torres y Tenorio, las calles José Barros Pazos, Agustín de

Vedia, Coronel Martiniano Chilavert, deslinde entre la parcela 20 y la Fracción A con la

Fracción 34 c de la Manzana 2T Sección 44 y las Avenidas Gral. Francisco Fernández

de la Cruz y Perito Moreno según lo señalizado en el Anexo que forma parte de la

presente.

Art. 2 °.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en el Art. 89 inc. 3 y 90 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Quintana - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5626

Tipo de relación

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Detalle

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