DECRETO 184 2019
Síntesis:
SE DESIGNA Y SE FACULTA - REPRESENTANTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - JAVIER SALAS BULACIO - ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SOCIEDAD DEL ESTADO - TRATAMIENTO DEL ORDEN DEL DÍA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
03/06/2019
Sanción:
29/05/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Las Leyes Nros 470, 5.460 (textos consolidados según Ley N° 6017) y su
modificatoria N° 5960, los Decretos Nros. 768/03, 363/15 y modificatorios, el
Expediente Electrónico N° EX-2019-17195896-GCABA-CBAS, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 2° de la Ley N° 470 se creó la sociedad del estado denominada
Corporación Buenos Aires Sur para desarrollar actividades de carácter industrial,
comercial, y la explotación de los servicios públicos con el objeto de favorecer el
desarrollo humano, económico y urbano integral del Área de Desarrollo Sur, , a fin de
compensar las desigualdades zonales dentro del territorio de la Ciudad, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 18 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se aprobó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su artículo 2° al
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que por el Decreto N° 363/15 y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose al Organismo Fuera de Nivel Corporación Buenos Aires Sur S.E. bajo
la órbita del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 768/03 se aprobó el texto ordenado del
Estatuto Social de la Corporación Buenos Aires Sur S.E.;
Que el artículo vigésimo octavo del mencionado estatuto establece que: "mientras que
la sociedad continúe su giro como sociedad unipersonal del estado de la Ciudad de
Buenos Aires, el Poder Ejecutivo de la Ciudad ejercerá los derechos y obligaciones
que le corresponden a la Asamblea conforme el presente estatuto";
Que, conforme el Acta de Directorio N° CCCXIV, suscripta el 2 de Mayo de 2019, el
Directorio de la Corporación Buenos Aires Sur S.E., resolvió convocar a Asamblea
General Ordinaria de Accionistas para el día 30 de mayo de 2019, a las 11:00 horas;
Que la Corporación Buenos Aires Sur S.E. comunicó al Poder Ejecutivo de la fecha de
convocatoria a la Asamblea General Ordinaria de Accionistas antes mencionada y el
Orden del Día correspondiente;
Que, asimismo, el artículo trigésimo del citado estatuto social dispone que: "Las
asambleas serán presididas por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires o por la persona que él mismo designe";
Que, conforme lo expuesto, el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte, propicia
designar al Sr. Javier Salas Bulacio, DNI N° 28.987.605, como representante del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante la Asamblea General
Ordinaria de la Corporación Buenos Aires Sur S.E.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 30° del Estatuto
Social de la Corporación Buenos Aires Sur S.E.,
Artículo 1°.- Desígnase al Sr. Javier Salas Bulacio, DNI N° 28.987.605, para que en
representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asista a la
Asamblea General Ordinaria de la Corporación Buenos Aires Sur Sociedad del Estado,
a celebrarse el día 30 de mayo de 2019 a las 11:00 hs.
Artículo 2°.- Facúltase al representante designado en el artículo anterior para que en
uso de las facultades conferidas, dé tratamiento al orden del día que como Anexo I (IF-
2019-17193814-GCABA-DGTALMDUYT) forma parte integrante del presente.
Artículo 3°.- Establécese que la designación del representante aludido en el artículo 1°
continuará vigente para el caso que se produzca una eventual postergación de la
asamblea mencionada, hasta tanto la misma sea resuelta.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Urbano y Transporte y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Corporación Buenos Aires Sur y, para su conocimiento y demás
efectos, pase al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Moccia - Miguel