RESOLUCIÓN 1378 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

EXCEPTÚA - TOPES ANUALES DE UNIDADES RETRIBUTIVAS POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS - URSES -PERSONAL - PERIODO 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 - DIRECCIONES GENERALES - COMPLEJO TEATRAL CIUDAD DE BUENOS AIRES - CENTRO CULTURAL RECOLETA - DE ENSEÑANZA ARTÍSTICA - FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES - PATRIMONIO MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO  - DE TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL  - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

04/06/2019

Sanción:

30/05/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: El Decreto N° 1202/05 y sus modificatorios, los Decretos N° 798/GCABA/06 y

N° 1090/08, la Resolución N° 3083-GCABA-MCGC-2019 y el Expediente Electrónico

N° EE-2019-05172976-GCABA-DGTALMC,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1202/GCABA/05 y sus modificatorios, reglamentan las Unidades

Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para los servicios y prestaciones

que deban ser cumplidos por los y las agentes gubernamentales cuyo desarrollo

exceda las jornadas normales de labor;

Que el Decreto N° 798/GCABA/06, autoriza a los Ministros a habilitar prestaciones

remuneradas mediante el presente sistema, determinando que el tope anual de

(URSE), por agente, no podrá exceder de doscientas setenta y cinco (275) cuando los

mismos sean realizados en días hábiles o de ciento treinta y siete (137) cuando se

realicen en días inhábiles;

Que por Resolución N° 3083-GCABA-MCGC-2019, el Ministro de Cultura autorizó el

pago de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para el personal

gubernamental que se desempeña en diferentes organismos de acuerdo al Anexo I,

por el período comprendido entre el 1° de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019;

Que asimismo, se solicitó la excepción de los topes anuales establecidos en el artículo

6° del Decreto N° 1202/05 y sus modificatorios, para el personal gubernamental

dependiente del Ministerio de Cultura y de las Direcciones Generales de Patrimonio,

Museos y Casco Histórico, Enseñanza Artística, Complejo Teatral Ciudad de Buenos

Aires, Centro Cultural Recoleta, y Festivales y Eventos Centrales, cuyo desarrollo

excede su jornada de labor, en aras del cumplimiento de actividades de La Noche de

los Museos, Noche de las Librerías y diversos festivales y eventos, entre otras

actividades;

Que el Decreto N° 1090/08 delega en el señor Ministro del área requirente y del

entonces Ministro de Hacienda la facultad de dictar en forma conjunta la norma que

autorice superar en cada caso los topes de URSE indicados;

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del

Ministerio de Cultura;

Que se entiende procedente disponer la autorización solicitada, ya que aquélla

encuentra sustento en la naturaleza de los servicios encomendados al Ministerio de

Cultura, los que necesariamente deben ser cubiertos con la intervención del personal

citado en el párrafo 4° excediendo su jornada habitual;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1202/05 y sus

modificatorios y por el Decreto N° 1090/08,

EL MINISTRO DE CULTURA Y

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Exceptúase al personal que revista en la Dirección General Complejo

Teatral Ciudad de Buenos Aires, en la Dirección General Centro Cultural Recoleta y en

la Dirección General de Enseñanza Artística, ambas dependientes de la Subsecretaría

de Políticas Culturales y Nuevas Audiencias, en la Dirección General Festivales y

Eventos Centrales y en la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico,

ambas dependientes de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio de Cultura,

de los topes anuales de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE)

establecidos en el artículo 6° del Decreto N° 1202/GCABA/05 y sus modificatorios, y

autorizados por Resolución N° 3083-GCABA-MCGC-2019, por el período entre el

01/01/2019 y el 31/12/2019.

Artículo 2°.- Exceptúase al personal que revista en el Ministerio de Cultura y en la

Dirección General de Técnica Administrativa y Legal dependiente del mismo

Ministerio, conforme el detalle obrante en el IF-2019-16963075-GCBA-MCGC, que a

todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, de los topes

anuales de Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) establecidos

en el artículo 6° del Decreto N° 1202/05 y sus modificatorios, y autorizados por

Resolución N° 3083-GCABA-MCGC-2019, por el período entre el 01/01/2019 y el

31/12/2019.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal y Complejo

Teatral Ciudad de Buenos Aires, a las Direcciones Generales Centro Cultural Recoleta

y de Enseñanza Artística dependientes de la Subsecretaría de Políticas Culturales y

Nuevas Audiencias, a las Direcciones Generales Festivales y Eventos Centrales y de

Patrimonio, Museos y Casco Histórico dependientes de la Subsecretaría de Gestión

Cultural, del Ministerio de Cultura, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión

Pública y Presupuesto, y Administración y Liquidación de Haberes y, para su

conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. Avogadro -

Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Art.1 Resolución 1378-MEF-MC-19 exceptúa a organismos dependientes del Ministerio de Cultura de los topes de Unidades Retributivas por servicios extraordinarios establecidos en el artículo 6 Decreto 1202-05.</p>