DECRETO 185 2019

Síntesis:

SE APRUEBA TRASLADO DE JARDÍN DE INFANTES INTEGRAL 4 DE 20 - AMPLÍA SECCIONES - PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL - CARGOS - MAESTRO-A - TURNO DOBLE - CELADOR-A TURNO MAÑANA - M.E.E.FISICA MÓDULO A - TURNOS VARIOS Y - M.E.E.MUSICAL - FACULTA A  LA SEÑORA MINISTRA DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

Publicación:

05/06/2019

Sanción:

31/05/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Educación Nacional N° 26.206, y su modificatoria Ley N° 27.045, la

Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N° 5.960, los

Decretos Nros. 5/99 y 363/15 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N°

15.384.344/GCABA-DGEGE/2019, y

CONSIDERANDO:

Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa extendiendo la

garantía de escolaridad, expandiendo la Red Escolar, creando escuelas para asegurar

la igualdad de oportunidades y el acceso, permanencia, reinserción y egreso del

sistema educativo, aumentando la oferta de escolarización en el nivel inicial;

Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°

5.960, se establece que el Ministerio de Educación e Innovación tiene entre sus

objetivos el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas

educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al

desarrollo individual y social, administrar y fiscalizar el sistema de educación,

asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y

modalidades;

Que conforme la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y su modificatoria Ley N°

27.045 la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro

(4) años hasta la finalización del nivel secundario;

Que oportunamente, por el Decreto N° 5/99, se creó el Jardín de Infantes Integral N° 4

Distrito Escolar 20°, sito en Avenida Eva Perón 6336, de esta Ciudad, estableciéndose

asimismo su Planta Orgánico Funcional;

Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Educación e Innovación, bajo cuya dependencia se

encuentra la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, dependiente de la

Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;

Que el Ministerio de Educación e Innovación promueve el traslado del Jardín de

Infantes Integral N° 4 Distrito Escolar 20° al inmueble ubicado en la calle Zuviría 6544,

así como también propone la ampliación del mismo, quedando conformado por seis (6)

secciones de jornada completa en su totalidad;

Que asimismo se destaca que la ampliación que se propone no afecta a la población

estudiantil, así como tampoco a la Planta Orgánico Funcional y el equipo directivo que

se encuentra actualmente vigente, quienes continuarán prestando funciones,

manteniendo las condiciones y cargos oportunamente designados por el Ministerio de

Educación e Innovación;

Que con motivo de la ampliación de las dos (2) secciones que se propicia, resulta

necesario y oportuno la creación de 2 cargos de Maestro/a de Sección Turno Doble, 1

cargo de Maestro/a Celador/a Turno Mañana, 1 cargo de Maestro/a Celador/a Turno

Tarde, 1 cargo de M.E.E.FISICA Módulo A Turnos Varios y 1 cargo de

M.E.E.MUSICAL Módulo A Turnos Varios.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Apruébase el traslado del Jardín de Infantes Integral N° 4 Distrito Escolar

20° al edificio sito en la calle Zuviría 6544, de esta Ciudad.

Artículo 2°.- Amplíense las secciones del Jardín de Infantes Integral N° 4 Distrito

Escolar 20°, quedando el mismo conformado por seis (6) secciones de jornada

completa en su totalidad.

Artículo 3°.- Apruébese la Planta Orgánica Funcional conforme lo detallado en el

Anexo I (IF-2019-15421748- GCABA-DGEGE), el que a todos los efectos forma parte

integrante del presente.

Artículo 4°.- Facúltese a la señora Ministra de Educación e Innovación para designar,

cesar o autorizar las liquidaciones correspondientes a los cargos aprobados por el

artículo 3.

Artículo 5°.- El gasto que demande el presente Decreto, será imputado a la Partida

Presupuestaria vigente.

Artículo 6°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e

Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete

de Ministros.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Economía y Finanzas y

pase al Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ

LARRETA - Acuña - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5632

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 185-19 aprueba el traslado del Jardín de Infantes Integral 4 Distrito Escolar 20 al edificio sito en la calle Zuviría 6544.</p><p>Art. 2 amplía las secciones del Jardín de Infantes Integral 4 Distrito Escolar 20.</p><p>Art. 3 aprueba Planta Orgánica Funcional.</p>