RESOLUCIÓN 1561 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE CREA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - JEFATURAS - DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS - SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO - MINISTERIO DE GOBIERNO - ORGANIGRAMA
Publicación:
13/06/2019
Sanción:
10/06/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 y su modificatoria 6.025, 5.460 y su modificatoria 5.960
(textos consolidados por Ley N° 6.017), los Decretos Nros 363/15 y modificatorios, N°
261/17 y N° 268/18, la Resolución N° 723/MMGC/14 y el Expediente Electrónico N°
17805913-GCABA-DGRC/2019, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017), y su modificatoria 5.960,
se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
estableciéndose las responsabilidades primarias de cada una de las unidades de
organización, y se fijaron las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 268/18 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de
Gobierno del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria, establece
que el personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires tiene, entre otros derechos, el de desarrollar una carrera administrativa
que le posibilite el desarrollo personal y profesional;
Que por Resolución N° 723/MMGC/14 se aprobó la reglamentación de las Jefaturas
del nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, en el marco de las
Actas de Negociación Colectiva N° 17/13 y N° 10/14, instrumentada por Resolución N°
20/MHGC/14 y N° 1.464/MHGC/14;
Que el Decreto N° 261/17 delegó en el entonces Ministro de Hacienda en forma
conjunta con el señor Vicejefe de Gobierno o los/as señores/as Ministros/as del Poder
Ejecutivo o la Secretaria Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la facultad de crear y modificar las estructuras organizativas de
jefaturas;
Que, conforme lo expuesto y habiendo tomado intervención las jurisdicciones
competentes conforme el marco normativo expuesto supra, corresponde crear la
estructura de Jefaturas dependiente de la Dirección General Registro del Estado Civil
y Capacidad de las Personas de la Subsecretaría de Gobierno dependiente del
Ministerio de Gobierno.
Por ello, y en uso de las facultades propias y las conferidas por Decreto N° 261/17,
Artículo 1°.- Créase la estructura organizativa de Jefaturas en la órbita de la Dirección
General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la
Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, de acuerdo con los Anexos I
(Organigrama - IF-2019-17911035-GCABA-MGOBGC) y II (Descripción de Acciones -
IF-2019-17998522-GCABA-MGOBGC) los que a todos sus efectos forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°. - La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del
Ministerio de Gobierno deberá informar, en un plazo de 30 (treinta) días, a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Jefaturas en
virtud de lo establecido en el artículo 1° de la presente Resolución.
Artículo 3°. - El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar
cumplimiento a la presente Resolución.
Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones
Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del
Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase
al Ministerio de Gobierno. Cumplido archívese. Screnci Silva - Mura