RESOLUCIÓN 1561 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Síntesis:

SE CREA - ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - JEFATURAS - DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS - SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO - MINISTERIO DE GOBIERNO - ORGANIGRAMA 

Publicación:

13/06/2019

Sanción:

10/06/2019

Organismo:

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 471 y su modificatoria 6.025, 5.460 y su modificatoria 5.960

(textos consolidados por Ley N° 6.017), los Decretos Nros 363/15 y modificatorios, N°

261/17 y N° 268/18, la Resolución N° 723/MMGC/14 y el Expediente Electrónico N°

17805913-GCABA-DGRC/2019, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017), y su modificatoria 5.960,

se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

estableciéndose las responsabilidades primarias de cada una de las unidades de

organización, y se fijaron las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 268/18 se modificó la estructura organizativa del Ministerio de

Gobierno del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria, establece

que el personal de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires tiene, entre otros derechos, el de desarrollar una carrera administrativa

que le posibilite el desarrollo personal y profesional;

Que por Resolución N° 723/MMGC/14 se aprobó la reglamentación de las Jefaturas

del nuevo Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa, en el marco de las

Actas de Negociación Colectiva N° 17/13 y N° 10/14, instrumentada por Resolución N°

20/MHGC/14 y N° 1.464/MHGC/14;

Que el Decreto N° 261/17 delegó en el entonces Ministro de Hacienda en forma

conjunta con el señor Vicejefe de Gobierno o los/as señores/as Ministros/as del Poder

Ejecutivo o la Secretaria Legal y Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, la facultad de crear y modificar las estructuras organizativas de

jefaturas;

Que, conforme lo expuesto y habiendo tomado intervención las jurisdicciones

competentes conforme el marco normativo expuesto supra, corresponde crear la

estructura de Jefaturas dependiente de la Dirección General Registro del Estado Civil

y Capacidad de las Personas de la Subsecretaría de Gobierno dependiente del

Ministerio de Gobierno.

Por ello, y en uso de las facultades propias y las conferidas por Decreto N° 261/17,

EL MINISTRO DE GOBIERNO Y EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVEN

Artículo 1°.- Créase la estructura organizativa de Jefaturas en la órbita de la Dirección

General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la

Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, de acuerdo con los Anexos I

(Organigrama - IF-2019-17911035-GCABA-MGOBGC) y II (Descripción de Acciones -

IF-2019-17998522-GCABA-MGOBGC) los que a todos sus efectos forman parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°. - La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente del

Ministerio de Gobierno deberá informar, en un plazo de 30 (treinta) días, a la

Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas la asignación de la dotación de la Jurisdicción a las distintas Jefaturas en

virtud de lo establecido en el artículo 1° de la presente Resolución.

Artículo 3°. - El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes para dar

cumplimiento a la presente Resolución.

Artículo 4°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a las Direcciones

Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y Desarrollo del Servicio Civil del

Ministerio de Economía y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase

al Ministerio de Gobierno. Cumplido archívese. Screnci Silva - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5638