RESOLUCIÓN 708 2019 SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
Síntesis:
SE RESTITUYE - DOBLE SENTIDO DE CIRCULACIÓN VEHICULAR - CALLES - DR. NICOLÁS REPETTO ENTRE BOGOTÁ Y NEUQUÉN - SUBSECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - CARÁCTER EXPERIMENTAL - 90 DÍAS
Publicación:
18/06/2019
Sanción:
12/06/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA TRANSITO Y TRANSPORTE
VISTO: la Resolución N° 201-SECTRANS/16, El Expediente N.° EX-2019-15254069- -
GCABA-DGTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que, a fin de poner en su conocimiento la solicitud efectuada por vecinos de la zona a
consecuencia de los derroteros que tienen que efectuar para el acceso al Edificio Dos
Plazas ubicado en la calle Federico García Lorca N°260, por tal motivo, se ha
estudiado el comportamiento circulatorio de la calle Dr. Nicolas Repetto del Barrio de
Caballito;
Que, analizada la cuadrícula circulatoria, que integra la zona, se comprobó la
necesidad de asignarle doble sentido de circulación, a la calle Dr. Nicolas Repetto
entre la calle Bogotá y la calle Neuquén;
Que, el estacionamiento estará permitido conforme al Código, junto al cordón de
ambas aceras, de la calle Dr. Nicolas Repetto entre la calle Bogotá y la calle Neuquén
durante las 24 hs.;
Que, a través de la Resolución citada en el Visto, se delego a esta Subsecretaria de
Transito y Transporte el ejercicio de la facultad para entender en cuestiones relativas
con la anteriormente expuesta;
Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias;
Artículo 1°.- Exclúyase, con carácter experimental y por el término de 90 días, en las
disposiciones del Decreto-Ordenanza 10407/47 (B.M. 8174), texto ordenado referido a
las calles con sentido único de circulación, y restitúyase el doble sentido de circulación
vehicular al siguiente tramo de arteria Dr. Nicolas Repetto, entre la calle Bogotá y la
calle Neuquén.
Artículo 2°.- La presente medida entrará en efectiva vigencia una vez instalado el
pertinente señalamiento integral (vertical y horizontal) que proyectará y ejecutará la
Dirección General de Tránsito y Transporte.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a
la Dirección General de Tránsito y Transporte para su notificación y comunicación a la
Policía Federal Argentina, Policía de la Ciudad, a las Dirección General Cuerpo de
Agentes de Control del Tránsito y Seguridad Vial y a las Gerencias Operativas de
Ordenamiento del Tránsito y Transporte y de Señalización Vial. Cumplido,remítase a la
Gerencia Operativa de Ordenamiento del Tránsito y Transporte para los fines
propuestos en el artículo anterior. Galuzzi