DECRETO 221 2019
Síntesis:
SE DESIGNAN FUNCIONARIOS - DIRECTOR GENERAL - EZEQUIEL REBRUJ - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE LA GESTIÓN DE ACTIVOS - MATÍAS NICOLÁS VITALE - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE BIENES RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO - SUBSECRETARIA ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES - JUAN PEDRO CORICA - DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES - JOSEFINA GONZÁLEZ MARTINEZ - TITULAR - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA - UPE - SUBSECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO
Publicación:
25/06/2019
Sanción:
21/06/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N°
5.960, los Decretos Nros. 363/15 y modificatorios, y 194/19, el Expediente Electrónico
N° 18.530.347-GCABA-DGTALMEF/19, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 5.460 y su modificatoria N° 5.960 se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los
Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Economía y Finanzas;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 194/19 se modificó la estructura organizativa del Ministerio
de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Economía y Finanzas propicia las
designaciones de los diversos funcionarios que se indican en el Anexo I del presente
Decreto en los cargos que allí se establecen, a partir del 1° de junio de 2019;
Que conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Desígnanse, a partir del 1° de junio de 2019, a las personas que se
detallan en el Anexo I (IF-2019-19283946-MEFGC), que a todos sus efectos forma
parte integrante del presente Decreto, en los cargos detallados.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados, dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 15 de la Ley N° 4895 (texto consolidado según Ley N°6.017),
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones
Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y
Liquidación de Haberes del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General
Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental y a la Dirección General Escribanía
General, ambas dependientes de la Secretaría Legal y Técnica y para su conocimiento
y demás efectos, remítase al Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel