DECRETO 221 2019

Síntesis:

SE DESIGNAN FUNCIONARIOS - DIRECTOR GENERAL - EZEQUIEL REBRUJ - DIRECCIÓN GENERAL PLANIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE LA GESTIÓN DE ACTIVOS - MATÍAS NICOLÁS VITALE - DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRACIÓN DE BIENES RELOCALIZACIÓN Y GESTIÓN INTEGRAL DE EDIFICIOS DE GOBIERNO - SUBSECRETARIA ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES - JUAN PEDRO  CORICA - DIRECCIÓN GENERAL EMPRENDEDORES - JOSEFINA GONZÁLEZ MARTINEZ  - TITULAR - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES - SIMPLIFICACIÓN PRODUCTIVA - UPE - SUBSECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Publicación:

25/06/2019

Sanción:

21/06/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N°

5.960, los Decretos Nros. 363/15 y modificatorios, y 194/19, el Expediente Electrónico

N° 18.530.347-GCABA-DGTALMEF/19, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 5.460 y su modificatoria N° 5.960 se sancionó la Ley de Ministerios del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre los

Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Economía y Finanzas;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 194/19 se modificó la estructura organizativa del Ministerio

de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en consecuencia, el señor Ministro de Economía y Finanzas propicia las

designaciones de los diversos funcionarios que se indican en el Anexo I del presente

Decreto en los cargos que allí se establecen, a partir del 1° de junio de 2019;

Que conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desígnanse, a partir del 1° de junio de 2019, a las personas que se

detallan en el Anexo I (IF-2019-19283946-MEFGC), que a todos sus efectos forma

parte integrante del presente Decreto, en los cargos detallados.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y

Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a los interesados, dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido

en el artículo 15 de la Ley N° 4895 (texto consolidado según Ley N°6.017),

comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones

Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y

Liquidación de Haberes del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General

Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental y a la Dirección General Escribanía

General, ambas dependientes de la Secretaría Legal y Técnica y para su conocimiento

y demás efectos, remítase al Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.

RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5644