RESOLUCIÓN 8 2019 SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
Síntesis:
SE CREA CONCURSO - PUNTOS POR RECICLAR 2019 - PROGRAMA INTEGRAL DE RECONOCIMIENTOS - VAMOS LOS VECINOS - SE APRUEBA BASES Y CONDICIONES - REDUCCIÓN DE LA GENERACIÓN DE RESIDUOS - RECICLAJE - MATERIAL RECICLABLE - PROTECCIÓN AMBIENTAL - CENTRO VERDE - CONTENEDOR VERDE - DIRECCIÓN GENERAL COMUNICACIÓN PARTICIPATIVA - SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - JEFATURA DE GOBIERNO - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Publicación:
26/06/2019
Sanción:
25/06/2019
Organismo:
SUBSECRETARIA DE COMUNICACION
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley
N° 5.960, los Decretos N° 363/GCABA/2015 y sus modificatorios, y el Decreto N°
578/GCABA/2016, la Resolución N° 19/SSCOMUNIC/2018, la Resolución de Firma
Conjunta N° 9/SSCOMUNIC/2018, y su modificatoria la Resolución de Firma Conjunta
N° 15/SSCOMUNIC/2018, el Expediente Electrónico N° EX-2019-12.825.232-GCABA-
SSCOMUNIC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017), modificada por Ley N°
5.960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que le corresponde a la Subsecretaría de Comunicación asistir al Jefe de Gobierno en
todo lo inherente a sus competencias, entre las que se encuentran las de "Fortalecer el
contacto directo y la comunicación entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y los vecinos" y "Elaborar y evaluar las propuestas de soporte
comunicacional que permitan mejorar la relación de las jurisdicciones del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con los usuarios de los servicios que produce la
Ciudad";
Que por Decreto N° 363/GCABA/2015 y su modificatorio el Decreto N°
213/GCABA/2018, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder
Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección
General Comunicación Participativa, bajo la órbita de la Subsecretaría de
Comunicación, la cual tiene entre sus facultades la de generar herramientas de
comunicación que permitan la participación y toma de conocimientos por parte de los
ciudadanos de las acciones llevadas a cabo por el Gobierno de la Ciudad,
comunicando proyectos e iniciativas del mismo mediante eventos, y elaborando
procesos participativos que permitan lograr una comunicación efectiva de las políticas
públicas;
Que asimismo, por el citado Decreto N° 363/GCABA/2015 y su modificatorio N°
217/GCABA/2018, se estableció entre las responsabilidades primarias de la
Subsecretaría de Higiene Urbana, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio
Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras, la de
"Implementar aquellos programas y proyectos relacionados con la recuperación,
reutilización, reciclado, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos";
Que mediante Decreto N° 578/GCABA/2016 se facultó al Vicejefe de Gobierno, los
Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo a aprobar programas de
gestión, en el marco de sus respectivas competencias;
Que en ese sentido, se dictó la Resolución N° 19/SSCOMUNIC/2018 creando el
Programa Integral de Reconocimientos "Vamos Los Vecinos", en el ámbito de la
Subsecretaría de Comunicación, dependiente de Jefatura de Gobierno, con el objetivo
de promover y reforzar conductas positivas en las personas humanas y/o pequeños/as
comerciantes, estimular la participación ciudadana con el fin de generar en las
personas un rol activo y positivo en pos del bienestar colectivo, promover la
armonización de la sociedad con el ambiente, la salud pública, la economía y la
seguridad vial, entre otros;
Que dicho Programa, estableció como área de aplicación, entre otras, la de "Ciudad
Verde", cuya finalidad radica en fomentar prácticas de protección ambiental dirigidas a
generar conciencia y promover la educación con un clima de colaboración entre
vecinos;
Que dentro de las acciones orientadas a la referida área de aplicación, cobra suma
importancia incentivar la reducción de la generación de residuos, el reciclaje, la
reutilización y la revalorización de los residuos;
Que en particular esas conductas juzgadas positivas en la población, las cuales se
quieren reconocer e incentivar, consisten en fomentar la colaboración, compromiso y
responsabilidad en torno a mejorar y orientar las decisiones de las personas de un
modo que redunden tanto en un beneficio individual como general en pos de lograr
una Ciudad más limpia;
Que por Resolución Conjunta N° 9/SSCOMUNIC/2018 y su modificatoria la Resolución
Conjunta N° 15/SSCOMUNIC/2018, se creó el Reconocimiento "Puntos por Reciclar"
y, con la favorable recepción que tuvo la iniciativa entre los vecinos, se estimó
conducente la creación de una nueva edición para el año en curso;
Que, en mérito a ello, se propicia la creación conjunta entre la Subsecretaría de
Comunicación, dependiente de Jefatura de Gobierno, y la Subsecretaría de Higiene
Urbana, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en tanto autoridad
con competencia técnica, del Concurso "Puntos por Reciclar 2019";
Que la Subsecretaría de Higiene Urbana verificará el cumplimiento de las acciones
relacionadas con la disposición de material reciclable, reportadas por los vecinos en
relación con sus atribuciones y competencia técnica;
Que, por su parte, la Subsecretaría de Comunicación, en base a la información
recibida, y a la verificación del resto de las acciones alcanzadas por el concurso en
cuestión, determinará los ganadores mensuales y ganadores finales, y efectuará la
correspondiente entrega de premios;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N° 6.017).
Por todo ello, en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Créase el Concurso "Puntos por Reciclar 2019" en el marco del Programa
Integral de Reconocimientos "Vamos Los Vecinos".
Artículo 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones que se detallan en el Anexo I (IF-
2019-20431620-GCABA-SSCOMUNIC), las que regirán el Concurso y que a todos sus
efectos forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establécese que el Concurso "Puntos por Reciclar 2019" premiará a los
participantes que lleven adelante conductas tendientes a la reducción de la generación
de residuos y reciclaje, conforme los criterios que se indican en las Bases y
Condiciones.
Artículo 4°.- Encomiéndase a la Dirección General Comunicación Participativa,
dependiente de la Subsecretaría de Comunicación, a suscribir los instrumentos legales
necesarios para la implementación del Concurso "Puntos por Reciclar 2019", conforme
lo dispuesto en las Bases y Condiciones aprobadas por el artículo 2° de la presente.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la Secretaría
Legal y Técnica. Cumplido. Archívese. Morosi - Di Benedetto