RESOLUCIÓN 8 2019 SUBSECRETARIA DE COMUNICACION

Síntesis:

SE CREA CONCURSO - PUNTOS POR RECICLAR 2019 - PROGRAMA INTEGRAL DE RECONOCIMIENTOS - VAMOS LOS VECINOS - SE  APRUEBA BASES Y CONDICIONES - REDUCCIÓN DE LA GENERACIÓN DE RESIDUOS - RECICLAJE - MATERIAL RECICLABLE - PROTECCIÓN AMBIENTAL - CENTRO VERDE - CONTENEDOR VERDE - DIRECCIÓN GENERAL COMUNICACIÓN PARTICIPATIVA - SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN - JEFATURA DE GOBIERNO - SUBSECRETARÍA DE HIGIENE URBANA - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

Publicación:

26/06/2019

Sanción:

25/06/2019

Organismo:

SUBSECRETARIA DE COMUNICACION


VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley

N° 5.960, los Decretos N° 363/GCABA/2015 y sus modificatorios, y el Decreto N°

578/GCABA/2016, la Resolución N° 19/SSCOMUNIC/2018, la Resolución de Firma

Conjunta N° 9/SSCOMUNIC/2018, y su modificatoria la Resolución de Firma Conjunta

N° 15/SSCOMUNIC/2018, el Expediente Electrónico N° EX-2019-12.825.232-GCABA-

SSCOMUNIC, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017), modificada por Ley N°

5.960, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que le corresponde a la Subsecretaría de Comunicación asistir al Jefe de Gobierno en

todo lo inherente a sus competencias, entre las que se encuentran las de "Fortalecer el

contacto directo y la comunicación entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y los vecinos" y "Elaborar y evaluar las propuestas de soporte

comunicacional que permitan mejorar la relación de las jurisdicciones del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con los usuarios de los servicios que produce la

Ciudad";

Que por Decreto N° 363/GCABA/2015 y su modificatorio el Decreto N°

213/GCABA/2018, se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del Poder

Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando a la Dirección

General Comunicación Participativa, bajo la órbita de la Subsecretaría de

Comunicación, la cual tiene entre sus facultades la de generar herramientas de

comunicación que permitan la participación y toma de conocimientos por parte de los

ciudadanos de las acciones llevadas a cabo por el Gobierno de la Ciudad,

comunicando proyectos e iniciativas del mismo mediante eventos, y elaborando

procesos participativos que permitan lograr una comunicación efectiva de las políticas

públicas;

Que asimismo, por el citado Decreto N° 363/GCABA/2015 y su modificatorio N°

217/GCABA/2018, se estableció entre las responsabilidades primarias de la

Subsecretaría de Higiene Urbana, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio

Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras, la de

"Implementar aquellos programas y proyectos relacionados con la recuperación,

reutilización, reciclado, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos";

Que mediante Decreto N° 578/GCABA/2016 se facultó al Vicejefe de Gobierno, los

Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo a aprobar programas de

gestión, en el marco de sus respectivas competencias;

Que en ese sentido, se dictó la Resolución N° 19/SSCOMUNIC/2018 creando el

Programa Integral de Reconocimientos "Vamos Los Vecinos", en el ámbito de la

Subsecretaría de Comunicación, dependiente de Jefatura de Gobierno, con el objetivo

de promover y reforzar conductas positivas en las personas humanas y/o pequeños/as

comerciantes, estimular la participación ciudadana con el fin de generar en las

personas un rol activo y positivo en pos del bienestar colectivo, promover la

armonización de la sociedad con el ambiente, la salud pública, la economía y la

seguridad vial, entre otros;

Que dicho Programa, estableció como área de aplicación, entre otras, la de "Ciudad

Verde", cuya finalidad radica en fomentar prácticas de protección ambiental dirigidas a

generar conciencia y promover la educación con un clima de colaboración entre

vecinos;

Que dentro de las acciones orientadas a la referida área de aplicación, cobra suma

importancia incentivar la reducción de la generación de residuos, el reciclaje, la

reutilización y la revalorización de los residuos;

Que en particular esas conductas juzgadas positivas en la población, las cuales se

quieren reconocer e incentivar, consisten en fomentar la colaboración, compromiso y

responsabilidad en torno a mejorar y orientar las decisiones de las personas de un

modo que redunden tanto en un beneficio individual como general en pos de lograr

una Ciudad más limpia;

Que por Resolución Conjunta N° 9/SSCOMUNIC/2018 y su modificatoria la Resolución

Conjunta N° 15/SSCOMUNIC/2018, se creó el Reconocimiento "Puntos por Reciclar"

y, con la favorable recepción que tuvo la iniciativa entre los vecinos, se estimó

conducente la creación de una nueva edición para el año en curso;

Que, en mérito a ello, se propicia la creación conjunta entre la Subsecretaría de

Comunicación, dependiente de Jefatura de Gobierno, y la Subsecretaría de Higiene

Urbana, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en tanto autoridad

con competencia técnica, del Concurso "Puntos por Reciclar 2019";

Que la Subsecretaría de Higiene Urbana verificará el cumplimiento de las acciones

relacionadas con la disposición de material reciclable, reportadas por los vecinos en

relación con sus atribuciones y competencia técnica;

Que, por su parte, la Subsecretaría de Comunicación, en base a la información

recibida, y a la verificación del resto de las acciones alcanzadas por el concurso en

cuestión, determinará los ganadores mensuales y ganadores finales, y efectuará la

correspondiente entrega de premios;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la

intervención que le compete en virtud de lo establecido por la Ley N° 1.218 (texto

consolidado por Ley N° 6.017).

Por todo ello, en uso de las facultades que les son propias,

EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA

Y EL SUBSECRETARIO DE COMUNICACIÓN

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Créase el Concurso "Puntos por Reciclar 2019" en el marco del Programa

Integral de Reconocimientos "Vamos Los Vecinos".

Artículo 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones que se detallan en el Anexo I (IF-

2019-20431620-GCABA-SSCOMUNIC), las que regirán el Concurso y que a todos sus

efectos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establécese que el Concurso "Puntos por Reciclar 2019" premiará a los

participantes que lleven adelante conductas tendientes a la reducción de la generación

de residuos y reciclaje, conforme los criterios que se indican en las Bases y

Condiciones.

Artículo 4°.- Encomiéndase a la Dirección General Comunicación Participativa,

dependiente de la Subsecretaría de Comunicación, a suscribir los instrumentos legales

necesarios para la implementación del Concurso "Puntos por Reciclar 2019", conforme

lo dispuesto en las Bases y Condiciones aprobadas por el artículo 2° de la presente.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público y a la Secretaría

Legal y Técnica. Cumplido. Archívese. Morosi - Di Benedetto


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5645

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución 8-SSCOMUNIC-19 crea el Concurso Puntos por Reciclar 2019 en el marco del Programa Integral de Reconocimientos Vamos Los Vecinos, creado por Resolución 19-SSCOMUNIC-18</p>