DECRETO 225 2019

Síntesis:

DESIGNACIÓN -  INÉS MARÍA BUTLER - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL ESTRATEGIA PRODUCTIVA - SUBSECRETARÍA DESARROLLO ECONÓMICO - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS 

Publicación:

01/07/2019

Sanción:

26/06/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley N°

5960, los Decretos Nros. 363/15 y modificatorios, 194/19, y el Expediente Electrónico

N° 19.529.950-GCABA-DGTALMEF/19 y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 5460 y su modificatoria Ley N° 5960, se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo

al Ministerio de Economía y Finanzas;

Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante Decreto N° 194/19 se modificó la estructura organizativa del Ministerio

de Economía y Finanzas, contemplando, en el ámbito de la Subsecretaría Desarrollo

Económico a la Dirección General Estrategia Productiva;

Que, en consecuencia, el señor Ministro de Economía y Finanzas propicia la

designación de la señora Inés María Butler DNI 24.561.288; CUIL 27-24561288-0, a

partir del 1° de junio de 2019, como Directora General de la Dirección General

Estrategia Productiva;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente;

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de

la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de junio de 2019, a la señora Inés María Butler

DNI 24.561.288; CUIL 27-24561288-0, como Directora General de la Dirección

General Estrategia Productiva dependiente de la Subsecretaría Desarrollo Económico

del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el

artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de

Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio de Economía y

Finanzas y a las Direcciones Generales Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental

y Escribanía General, ambas dependientes de la Secretaría Legal y Técnica, y para su

conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Economía y Finanzas.

Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel