DECRETO 228 2019
Síntesis:
SE CREA EL ANEXO DEL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL N° 36 - CPF - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE Y FORMACIÓN TÉCNICA PROFESIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN - SEDE CALLE MURGUIONDO 2105 - PLANTA ORGÁNICO FUNCIONAL - INFORMÁTICA - PROGRAMADOR - INSTALADOR Y ADMINISTRADOR DE REDES INFORMÁTICAS - CAPACITACIÓN LABORAL OPERADOR DE HERRAMIENTAS DE MARKETING DIGITAL
Publicación:
02/07/2019
Sanción:
28/06/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria Ley
N° 5.960, los Decretos Nros. 535/12, 363/15 y sus modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 2019-08104277-GCABA-SSCDFTP, y
CONSIDERANDO:
Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa;
Que por la Ley N° 5.460 y su modificatoria, se establece que el Ministerio de
Educación e Innovación tiene entre sus objetivos el de diseñar, promover, implementar
y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo
único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social;
Que por el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Ministerio de Educación e Innovación bajo cuya dependencia se
encuentra la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación Técnica Profesional, la
que promueve la creación del Anexo del Centro de Formación Profesional N° 36;
Que mediante Decreto N° 535/12 se creó dentro de la órbita del entonces Ministerio de
Educación, el Centro de Formación Profesional N° 36 "Distrito Tecnológico Patricios,
Boedo, Pompeya" con sede en la calle Zavaleta N° 204, de esta Ciudad;
Que el Ministerio de Educación e Innovación propicia la creación del Anexo del Centro
de Formación Profesional N° 36, el que funcionará en la calle Murguiondo N° 2105;
Que la creación que se propicia, contribuye a cumplimentar la política de inclusión
educativa propuesta para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que abarque y
contemple las necesidades de distintos grupos sociales;
Que asimismo, y a tal fin, resulta necesaria y oportuna la aprobación de la Planta
Orgánico Funcional, con la cual funcionará la institución;
Que el gasto que demanda la creación del referido Centro de Formación Profesional
cuenta con el correspondiente reflejo presupuestario.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Créase, en el ámbito de la Subsecretaría de Carrera Docente y Formación
Técnica Profesional dependiente del Ministerio de Educación e Innovación, el Anexo
del Centro de Formación Profesional N° 36, con sede en la calle Murguiondo N° 2105
de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2°.- Apruébase la Planta Orgánica Funcional del referido establecimiento
educativo, conforme se detalla en el Anexo I (IF-2019-15520078-GCABA-SSCDFTP),
que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- El gasto que demande la presente gestión será imputado a la partida
presupuestaria correspondiente.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e
Innovación, por el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de
Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase para
su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría, a la
Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas y al Ministerio de Educación e Innovación. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel