DECRETO 238 2019
Síntesis:
SE ACEPTA - LEGADO SIN CARGO - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DOCTOR PEDRO DE ELIZALDE - CAUSANTE ADA NILDA SCHULTE - MINISTERIO DE SALUD - JEFATURA DE GOBIERNO
Publicación:
11/07/2019
Sanción:
05/07/2019
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: Los Expedientes Electrónicos Nros. 07961057-MGEYA-PG/17 y N° 6011399-
MGEYA-PG/17, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente judicial N° 18.453/2015 tramitan los autos caratulados
"SCHULTE ADA NILDA s/SUCESION TESTAMENTARIA", por ante el Juzgado
Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 del Departamento Judicial
de San Isidro, provincia de Buenos Aires;
Que la causante, Ada Nilda Schulte, mediante testamento otorgado por Escritura
Pública N° 168 de fecha 10 de mayo de 2011, ha efectuado un legado consistente en
la suma de dólares estadounidenses tres mil (u$s 3.000.-) a favor del Hospital General
de Niños Dr. Pedro de Elizalde, dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que habiendo fallecido la señora Ada Nilda Schulte con fecha 23 de mayo de 2015,
conforme surge de la partida de defunción obrante en la actuación mencionada en el
visto, corresponde aceptar el legado sin cargo de acuerdo a los términos del
testamento;
Que el referido testamento no dispone mandas ni cargas que cumplir;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires considera conveniente para
los intereses del Gobierno esta Ciudad la aceptación del legado sin cargo efectuado
por la causante a favor del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde"
dependiente del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104, inc. 16 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptase el legado sin cargo efectuado por la causante, señora Ada Nilda
Schulte, a favor del Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde", dependiente del
Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consistente
en la suma de dólares estadounidenses tres mil (u$s 3.000.-), conforme surge del
testamento otorgado por Escritura Pública N° 168, de fecha 10 de mayo 2011, cuyo
juicio sucesorio tramita por los los autos caratulados "SCHULTE ADA NILDA s/
SUCESION TESTAMENTARIA", expediente n° 18.453/2015 en trámite por ante el
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 del Departamento
Judicial de San Isidro, provincia de Buenos Aires.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, por el
señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese al Ministerio de Salud, al Ministerio de Economía y Finanzas, y al
Hospital General de Niños "Dr. Pedro de Elizalde", y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Bou Pérez - Mura - Miguel