LEY 214 1999

Síntesis:

 TRÁNSITO - CALLES CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN -  ASIGNA SENTIDO CIRCULATORIO - TRAMOS - CALLES JOSÉ BONIFACIO -  PÍO COLLIVADINO Y JUAN VUCETICH - ARTERIAS - MANO ÚNICA 

Publicación:

23/08/1999

Sanción:

08/07/1999

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

11/08/1999


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - Modifícase e inclúyese en las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47, B.M. N° 8.174, (Texto Ordenado) de las vías con sentido único de circulación, a los tramos de arteria que a continuación se indican:

-José Bonifacio: desde Av. Olivera hasta Pío Collivadino, de SO a NE.

-Pío Collivadino: desde José Bonifacio hasta Av. Juan B. Alberdi, de SE a NO.

-Juan Vucetich: desde Av. Juan B. Alberdi hasta José Enrique Rodó, de NO a SE.

Art. 2° - Las disposiciones de la presente ley entrarán en efectiva vigencia una vez instalado el correspondiente señalamiento ilustrativo, el cual deberá emplazarse dentro de los 90 (noventa) días de su promulgación. Oliveri - Grillo.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Art. 1 de  la Ley 214, modifica e incluye en las disposiciones del Decreto Ordenanza 10407-47, texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, los tramos de arterias que allí se indican.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 57-DGT-00, fija la fecha y hora de implementación de los sentidos únicos de circulación aprobados por la Ley 214.</p>