LEY 215 1999

Síntesis:

MODIFICA TEXTO ORDENADO - VÍAS CON SENTIDO ÚNICO DE CIRCULACIÓN - CALLES TINOGASTA - NAZARRE - MELINCUÉ - MADERO - CORONEL RAMÓN LISTA - SIMBRÓN - JOSÉ PEDRO VARELA - DECRETO-ORDENANZA 10407-47 - VIGENCIA DENTRO DE LOS CIENTO VEINTE 120 DÍAS DE SU PROMULGACIÓN 

Publicación:

23/08/1999

Sanción:

08/07/1999

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

11/08/1999


LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° - Inclúyese en las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47, B.M. N° 8.174, (Texto Ordenado) de las vías con sentido único de circulación, a los siguientes tramos de arteria en la forma que se indica:

-Tinogasta, desde Av. Gral. Paz hasta Virgilio, de SO a NE.

-Nazarre, desde Víctor Hugo hasta Av. Gral. Paz, de NE a SO.

-Melincué, desde Cnel. José O. Gordillo hasta Víctor Hugo, de NE a SO.

-Madero, desde Av. Gral. Paz hasta Nogoyá, de NO a SE.

-Cnel. Ramón Lista, desde Av. Gral. Paz hasta Virgilio, de SO a NE.

-Simbrón, desde Virgilio hasta Av. Gral. Paz, de NE a SO.

-José Pedro Varela, desde Av. Gral. Paz hasta Virgilio, de SO a NE.

Art. 2° - Las disposiciones de la presente ley entrarán en efectiva vigencia una vez instalado el correspondiente señalamiento ilustrativo, el que deberá emplazarse dentro de los ciento veinte (120) días de su promulgación.

Art. 3.- Comuníquese, etcétera.- Oliveri - Grillo

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

PROMULGADA POR
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley 215, incluye en las disposiciones del Decreto Ordenanza 10407-47, texto ordenado de las vías con sentido único de circulación, a los tramos de arterias que allí se detallan. </p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 281-DGT-2000, fija fecha y hora para la implementación de lo establecido por Ley 215.</p>