LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2019

Síntesis:

SE DECLARA - BIEN INTEGRANTE - PATRIMONIO CULTURAL - ACERVO BIBLIOTECOLÓGICO - CENTRO CULTURAL Y BIBLIOTECA POPULAR CARLOS SÁNCHEZ VIAMONTE

Publicación:

16/07/2019

Sanción:

27/06/2019

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1°.- Declárase bien integrante del Patrimonio Cultural en los términos del

Artículo 4, inc. a) de la Ley 1227, al Centro Cultural y Biblioteca Popular Carlos

Sánchez Viamonte sito en Austria 2154/56.

Art. 2°.- Declárase bien integrante del Patrimonio Cultural en los términos del Artículo

4°, inc. h) de la Ley 1227, al acervo bibliotecológico del Centro Cultural y Biblioteca

Popular Carlos Sánchez Viamonte citado en el Art. 1° de la presente.

Art. 3°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en el Art. 89 inc. 3 y 90 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Quintana - Pérez

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