RESOLUCIÓN 5449 2019 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE CONVOCA A PRESENTAR SOLICITUDES - LÍNEA FUNCIONAMIENTO DE ESPACIOS CULTURALES - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - TRAMITES A DISTANCIA - TAD -

Publicación:

22/07/2019

Sanción:

18/07/2019

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


"2019-Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

VISTO: El Decreto N° 1.020/04, las Resoluciones N° 1404-MCGC/18, N° 1482-

MCGC/2018, N° 3591-MCGC/2019 y N° 3592-MCGC/2019 y N° 5352-MCGC/19, el

Expediente Electrónico N° 2019-15803421-GCABA-DGTALMC, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto N° 1.020/04 y modificatorios, se aprobó el Programa de

Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos

Aires, que tiene como objetivo general el de contribuir económica y financieramente,

mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos,

programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura y las

ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que el indicado Decreto delegó en la entonces Secretaría de Cultura la facultad de

conceder subsidios de acuerdo con las previsiones presupuestarias del año en curso,

tanto a personas físicas como jurídicas con domicilio real o legal en la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, quedando facultado para dictar las normas reglamentarias

y complementarias que fueren menester para la correcta ejecución del Programa;

Que por Resolución N° 3592-MCGC/2019 se aprobó el Reglamento General del

Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias, identificado

como Anexo I (bajo N° IF-2019-15803704-GCABA-DGTALMC) y los formularios

correspondientes a la presentación de solicitudes en el marco del presente Programa;

Que asimismo por la Resolución N° 1482-MCGC/2018, modificada por las

Resoluciones N° 3591-MCGC/2019 y N° 5352-MCGC/2019, se crearon las líneas que

componen el indicado Programa de Fomento, y se aprobaron los instructivos

correspondientes a cada una de ellas;

Que en este contexto, y en su carácter de autoridad de aplicación, este Ministerio

propicia la apertura del llamado a convocatoria para la presentación de solicitudes de

la línea "Funcionamiento de Espacios Culturales" del Programa de Fomento

Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado

la intervención de su competencia;

Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en el Decreto N° 1.020/04,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Convócase a los sujetos comprendidos en el marco de la línea

"Funcionamiento de Espacios Culturales" del Programa de Fomento Metropolitano de

la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires para la presentación

de solicitudes, desde las 10.00 horas del 22 de julio de 2019 hasta las 17.00 horas del

26 de julio de 2019.

Artículo 2°.- La presente convocatoria se regirá según lo dispuesto en el Anexo

"2019-Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

"Reglamento General del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes

y las Ciencias" identificado como Anexo I (bajo N° IF-2019-15803704-GCABA-

DGTALMC), aprobado mediante la Resolución N° 3592-MCGC/2019, y los Anexos

"Instructivo Programa de Fomento Metropolitano de la cultura, las artes y las ciencias",

"Formulario de datos y declaración jurada" y "Formularios de Líneas Programa de

Fomento Metropolitano de la cultura, las artes y las ciencias" identificados como

Anexos I (bajo N° IF-2019-15779843-GCABA-DGTALMC), II (bajo N° IF-2019-

14641716-GCABA-DGTALMC) y III (bajo N° IF 2019-15780737- DGTALMC)

respectivamente, aprobados por la Resolución N° 3591-MCGC/2019.

Artículo 3°.- Establézcase que los solicitantes deberán efectuar sus presentaciones a

través de la Plataforma de TRÁMITES A DISTANCIA DEL GOBIERNO DE LA

CIUDAD DE BUENOS AIRES (TAD) mediante el ingreso en la página:

http://www.buenosaires.gob.ar/tramites/tad, en las fechas estipuladas en el artículo 1°

de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Establézcase que los solicitantes podrán efectuar una (1) solicitud en el

marco de la presente convocatoria.

Artículo 5°.- Establézcase que la Autoridad de Aplicación otorgará un (1) beneficio por

solicitante.

Artículo 6°.- Establézcase que el pago correspondiente a los montos asignados a

proyectos culturales aprobados en el marco de la presente convocatoria se realizará

en dos (2) cuotas, correspondiendo su rendición de cuentas a partir del depósito de la

segunda cuota y en los términos de lo establecido en el Reglamento General del

Programa.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa de

Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General, Técnica,

Administrativa y Legal de este Ministerio . Cumplido, archívese. Avogadro

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° Resolución 5449-GCABA-MCGC-19 establece que la convocatoria se regirá según lo dispuesto en los Anexos Instructivo Programa de Fomento Metropolitano de la cultura, las artes y las ciencias, Formulario de datos y declaración jurada y Formularios de Líneas Programa de Fomento Metropolitano de la cultura, las artes y las ciencias aprobados por la Resolución N° 3591-MCGC/2019</p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 2° Resolución 5449-GCABA-MCGC-19 establece que la convocatoria se regirá según lo dispuesto en el Reglamento General del Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura las Artes y las Ciencias  Anexo I  aprobado mediante la Resolución N° 3592-MCGC/2019</p>