RESOLUCIÓN 5104 2019 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE OTORGA EL AUSPICIO PARA EL FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE DE TERROR, BIZARRO Y FANTáSTICO BUENOS AIRES ROJO SANGRE

Publicación:

26/07/2019

Sanción:

10/07/2019

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"

VISTO: la Ley N° 5460, modificada por la Ley N° 5960 (texto consolidado por Ley N°

6017), la Resolución N° 3913-MCGC-2018 y su rectificatoria la Resolución N°4862-

MCGC-2018 y el EX-2019- 17754183- -GCABA-DGTALMC, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 5.460 y su modificatoria, la Ley N° 5960 (texto consolidado

por Ley N° 6017), se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose, entre los Ministerios del Poder

Ejecutivo, al Ministerio de Cultura;

Que, por Decreto N° 290/18 se aprobó la estructura organizativa del citado Ministerio;

Que, por medio de la Resolución N° 3913-MCGC-2018 y su rectificatoria la Resolución

N°4862-MCGC- 2018 se establecieron las condiciones que debían reunir las

solicitudes de auspicios institucionales a determinados proyectos culturales de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, la 20ma edición del "Festival Internacional de Cine de Terror, Bizarro y Fantástico

BUENOS AIRES ROJO SANGRE" cumple con lo requerido de acuerdo a los artículos

2°, 3° y 4° de la Resolución N° 3913- MCGC-2018, lo que se refleja en el Expediente

citado en el Visto;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

Artículo 1°.- Otórgase el auspicio institucional para "Festival Internacional de Cine de

Terror, Bizarro y Fantástico BUENOS AIRES ROJO SANGRE", conforme a las

condiciones establecidas en la Resolución N° 3913-MCGC-2018 y su rectificatoria la

Resolución N°4862-MCGC-2018.

Artículo 2°.- El otorgamiento del auspicio institucional no ocasionará erogación

económica alguna a este Ministerio y habilitará al beneficiario a la utilización del

isologo o marca del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los

términos establecidos por el artículo 2° de la Resolución N° 3913- MCGC-2018.

Artículo 3°.- El auspicio institucional caducará ante los supuestos establecidos

mediante el artículo 4° de la Resolución N° 3913-MCGC-2018.

Artículo 4°.- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

y remítase a la Subgerencia Operativa Mesa de Entradas, Salida y Archivo a efectos

de que se proceda a notificar al interesado. Cumplido, archívese. Avogadro