ORDENANZA 51912 1997

Síntesis:

PROHÍBESE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y DE CARGA DE MAS DE 4.000 KILOGRAMOS EN LA ARTERIA LAS TUNAS. SEÑALAMIENTO ILUSTRATIVO -     NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

11/11/1997

Sanción:

28/08/1997

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

19/09/1997


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1° - Prohíbese la circulación de vehículos de transporte de pasajeros y de transporte de cargas de más de 4.000 kilogramos de porte bruto, en la siguiente vía:

Las Tunas, en toda su arteria.

Art. 2° - Las disposiciones de la presente ordenanza entrarán en efectiva vigencia una vez instalado el correspondiente señalamiento ilustrativo, el que deberá emplazarse dentro de los treinta (30) días de su promulgación.

Art. 3° - Comuníquese, etcétera.

C.E. N° 254-97

SSLyT-97

Buenos Aires, 26 de septiembre de 1997.

La presente Ordenanza N° 51.912 ha quedado automáticamente promulgada el 19 de septiembre de 1997.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General de Vialidad; gírese por intermedio de la Dirección de Enlace con el Concejo Deliberante, dependiente de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales a dicho Cuerpo en prosecución de su trámite.

Germán A. Voss

Subsecretario Legal y Técnico