ORDENANZA 51912 1997
Síntesis:
PROHÍBESE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y DE CARGA DE MAS DE 4.000 KILOGRAMOS EN LA ARTERIA LAS TUNAS. SEÑALAMIENTO ILUSTRATIVO - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).
Publicación:
11/11/1997
Sanción:
28/08/1997
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
19/09/1997
El texto actualizado es un recurso informativo que presenta todas las modificaciones que tuvo la norma desde su última versión consolidada por la Legislatura de la Ciudad o desde su publicación original en el Boletín Oficial. Estos textos, elaborados por la Gerencia Operativa Ordenamiento Normativo, están diseñados para facilitar la consulta y comprender la evolución de la norma.
Fecha de actualización: 29/02/2024
Artículo 1° - Prohíbese la circulación de vehículos de transporte de pasajeros y de transporte de cargas de más de 4.000 kilogramos de porte bruto, en la siguiente vía:
Las Tunas, en toda su arteria.
Art. 2° - Las disposiciones de la presente ordenanza entrarán en efectiva vigencia una vez instalado el correspondiente señalamiento ilustrativo, el que deberá emplazarse dentro de los treinta (30) días de su promulgación.
Art. 3° - Comuníquese, etcétera.
C.E. N° 254-97
SSLyT-97
Buenos Aires, 26 de septiembre de 1997.
La presente Ordenanza N° 51.912 ha quedado automáticamente promulgada el 19 de septiembre de 1997.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; pase para su conocimiento y demás efectos, a la Dirección General de Vialidad; gírese por intermedio de la Dirección de Enlace con el Concejo Deliberante, dependiente de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales a dicho Cuerpo en prosecución de su trámite.