RESOLUCIÓN 240 2019 SECRETARIA INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES
Síntesis:
NOTA: SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTÍCULO 3 DE LA RESOLUCIÓN 240-SISPM-19 DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN 367-SSTED-2015, DE LA CUAL NO SE HAN ENCONTRADO CONSTANCIAS DE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL. ----- APRUEBA - REGLAMENTO - NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL ÁMBITO DE LOS HOGARES DE RESIDENCIA PERMANENTE PARA PERSONAS MAYORES PERTENECIENTES AL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - FORMULARIO DE CONSENTIMIENTO - DECLARACIÓN JURADA DE LA UNIDAD INTERDISCIPLINARIA DE ADMISIÓN A PROGRAMAS - SE DEROGA - RESOLUCIÓN 367-SSTED-2015
Publicación:
14/08/2019
Sanción:
06/08/2019
Organismo:
SECRETARIA INTEGRACION SOCIAL PARA PERSONAS MAYORES
VISTO: el Decreto 386/GCABA/17, la Resolución N° 07-SSTED-2008, a Resolución N°
17-SSTED-2008, Resolución N° 1678-MDSGC-2008, la Resolución N° 72-SSTED-
2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto 386/GCABA/17 se aprobó la estructura organizativa del Ministerio
de Hábitat y Desarrollo Humano del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, quedando modificado parcialmente el Decreto N° 363/GCABA/15;
Que, por Decreto 386/GCABA/17 se modificó la denominación y responsabilidades
primarias de la Dirección General de Servicios y Dependencia que pasó a
denominarse Dirección General de Dependencias y Atención Primaria;
Que, la Dirección General de Dependencias y Atención Primaria entre sus
competencias tiene la de "Administrar los establecimientos de Hogares de Residencia
Permanente, Centros de Día, Refugios y Paradores del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que tengan como beneficiarios a personas mayores.";
Que por Resolución N° 7-SSTED-08 se aprobó el reglamento de admisión,
permanencia, egreso, derechos y obligaciones de los Centros Residenciales para
Adultos Mayores que funcionan bajo la órbita de la Dirección General de
Dependencias y Atención Primaria dependiente de la Secretaría de Integración Social
Para Personas Mayores;
Que por Resolución N° 17-SSTED-08 se procedió a modificar el artículo 7° del anexo I
del Reglamento en lo que refiere a la composición del equipo interdisciplinario;
Que por Resolución N° 1678-MDSGC-2008 el entonces Ministerio de Desarrollo
Social, actual Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano procedió a modificar el citado
Reglamento en lo que refiere a los requisitos de admisión;
Que por Resolución 72-SSTED-2013 se incorpora al reglamento el artículo 67 bis
referente al sector "Caja de Ahorro y Valores";
Que por Resolución N° 367-SSTED-2015 se aprobó el Reglamento Convivencial de
Hogares de Residencia Permanente para Personas Mayores;
Que la Comisión Interdisciplinaria de Gerontología creada por Resolución N° 64-
SECISPM-2019 recomendó la necesidad de dictar un nuevo cuerpo normativo que
unifique todas las modificaciones realizadas e incorpore otras nuevas necesarias para
su actualización y dejar sin efecto la norma inicial y sus modificatorias;
Que para una mejor calidad institucional y de servicios dentro de los Hogares de
Residencia Permanente, como así también para que los Adultos Mayores que residen
en los mismos reciban la mayor contención y atención de acuerdo con sus patologías,
resulta necesario modificar y establecer pautas para el tratamiento de los diferentes
casos dentro de las mencionadas entidades;
Que dichas normas generales de convivencia son de aplicación obligatoria para todo
el personal que se desempeña en los Hogares de Residencia Permanente, los
residentes y quienes se desempeñen ocasionalmente en dichos establecimientos.
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias;
Artículo 1°. Apruébase el Reglamento que establece las normas de convivencia en el
ámbito de los Hogares de Residencia Permanente para Personas Mayores
pertenecientes al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo
I ( IF N° 2019-24273201-GCABA-DGDAP) forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°. Apruébase los modelos de formulario de Consentimiento y de Declaración
Jurada de la Unidad Interdisciplinaria de Admisión a Programas, que como Anexos II
(IF N° 2019-24273225-GCABADGDAP) y Anexo III (IF N° -2019-24273333-GCABA-
DGDAP) respectivamente, forman parte integrante de la presente.
Artículo 3°. Déjase sin efecto la Resolución N° 2015-367-SSTED.
Artículo 4°. Comuníquese al Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano y a la Dirección
General de Dependencias y Atención Primaria para su conocimiento, cumplido
archívese. Costantino