RESOLUCIÓN 4003 2019 MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION
Síntesis:
SE APRUEBA CONCURSO - LA HUERTA EN LA ESCUELA - BASES Y CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN - OBJETIVOS - VIGENCIA - PARTICIPANTES E INSCRIPCIÓN - MECANISMO DEL CONCURSO - JURADO - PERMISOS - RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS - PLANILLA DE PROYECTO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN
Publicación:
20/08/2019
Sanción:
09/08/2019
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION E INNOVACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.
1.687, 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria 5.960, los
Decretos Nros. 195/19, 328/16, la Resolución N° 3117-MEGC/10, el Expediente
Electrónico N° 22.330.667-GCABA-MEIGC/19, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad
debe desarrollar en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del
ambiente urbano promoviendo entre otros aspectos, la Educación Ambiental en todas
las modalidades y niveles, y el uso racional de materiales y energía;
Que la Ley N° 1.687 incorporó la Educación Ambiental en el sistema educativo formal,
no formal y mediante modos alternativos de comunicación y educación, garantizando
la promoción de la Educación Ambiental en todas las modalidades y niveles en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y su modificatoria N° 5.960
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableció que el Jefe de gobierno es asistido
en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y
responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación e
Innovación diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social;
Que por Decreto N° 328/16, se creó el Organismo Fuera de Nivel, Unidad de
Proyectos Especiales (UPE) ÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂëEducación para la SustentabilidadÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂû bajo la órbita del
entonces Ministerio de Educación, encontrándose entre sus objetivos el de desarrollar
y coordinar programas, proyectos y actividades necesarios para la ciencia, la
innovación tecnológica y su irradiación al sistema productivo;
Que mediante el Decreto N° 195/19, se aprobó la estructura organizativa del Ministerio
de Educación e Innovación contemplándose la "Unidad de Proyectos Especiales
(UPE) Educación para la Sustentabilidad";
Que a través de la Resolución N° 3117-MEGC/10 se creó el Programa Escuelas
Verdes, dependiente del entonces Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, cuyo objetivo es fomentar el desarrollo sustentable a través de la
educación y la gestión ambiental en las escuelas;
Que el Programa Escuelas Verdes lleva adelante la planificación y ejecución de
proyectos de Huertas Escolares, mediante capacitación, asesoramiento y desarrollo de
material pedagógico para la comunidad educativa de todas las escuelas de gestión
estatal y privada;
Que la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) ÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂëEducación para la SustentabilidadÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂû
manifiesta que la experiencia ha evidenciado que los concursos son una herramienta
que incentiva la participación de la comunidad educativa y la comunidad toda;
Que, por estos motivos la Unidad mencionada propicia la realización del Concurso "La
Huerta en la Escuela", de conformidad con las Bases y Condiciones que regirán el
mismo;
Que habiendo tomado intervención las Direcciones Generales de Educación de
Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Escuelas Normales y Artísticas
y la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, han brindado su
conformidad con los presentes;
Que en virtud de lo expuesto, deviene pertinente el dictado del acto administrativo en
el sentido precedentemente expuesto;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete. Por ello, y atento las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Apruébanse el concurso "La Huerta en la Escuela", conforme las bases y
condiciones que como Anexo (IF-2019-22352069-GCABA-MEIGC), forman parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Determínase que el gasto que demande será afectado a la Jurisdicción
55, UE 545, Programa 11, FF 11.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Efectúense las comunicaciones oficiales a las Direcciones Generales de Educación de
Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Escuelas Normales y Artísticas,
de Educación de Gestión Privada y a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y
Equidad Educativa. Cumplido, archívese. Acuña