RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA 120 2019 F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
Síntesis:
NOTA: LA PRESENTE NORMA TIENE INCORPORADA LA ACLARACION PUBLICADA EN BOCBA N° 5696 DE FECHA 10/09/2019. SE APRUEBA PROCEDIMIENTO - ACTUALIZACIÓN NORMATIVA Y DE ACTAS DE CONTROL - ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS - VIGENCIA ESPECIAL
Publicación:
04/09/2019
Sanción:
26/08/2019
Organismo:
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
VISTO: el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210 y la Resolución de
Presidencia N° 34/PARA/2019 y
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad establece que el Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es
autárquico, con personería jurídica, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, a través de la Resolución N° 34/PARA/2019 se creó la Comisión de
Procedimientos cuyo objeto es el relevamiento de los procedimientos del ERSP y la
propuesta de diseño de nuevos procedimientos y/o mejoras de los existentes;
Que, en el marco de la citada Comisión se han efectuado relevamientos en diferentes
Unidades Organizativas,
Que, como consecuencia de ello y a los fines de mantener actualizada la normativa y
contratos de concesión relativos a los Servicios Públicos creados por la Ley 210 y
controlados por el Organismos, se resuelve elaborar el respectivo Reglamento;
Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N°
456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las
cuestiones relativas a la administración del ERSP;
Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia;
Por ello,
Artículo 1°.-Apruébese el Procedimiento de Actualización Normativa y de Actas de
Control del ERSP que como Anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2°.-Establézcase que la presente Resolución entrará en vigencia el 1° de
septiembre de 2019.
Artículo 3°.- Déjese sin efecto el punto 2 de las Funciones atribuidas, por Resolución
N° 79/PARA/19, al Área Legal y Técnica de la Gerencia de Control a partir del 31 de
agosto de 2019.
Artículo 4°.-Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a todas las Unidades Organizativas del ERSP. Cumplido, archívese.
Ameijenda