RESOLUCIÓN 2120 2019 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Síntesis:
SE ESTABLECE - INCORPORACIÓN DE AGENTES - RÉGIMEN ESCALAFONARIO Y DE CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - PLANTA PERMANENTE - SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - DICIEMBRE DE 2019 - PASE - ABELLA MATIAS - ALIENDRE MIGUEL ANGEL - ARGOTA ESTEFANIA - BELTRAMO EMILSE NOEMI - BENITEZ NICOLAS FRANCO - BERNARDI LEONARDO - BURGIO ALEJANDRO - MATIAS NAHUEL ACI - CHABAN CARLA SILVIA - CHIESA LEOPOLDO BERNABE - CICOLONE NATALIA GABRIELA - CORTAZZO EMANUEL ANTONIO - COVETTA EDGARDO OSCAR - DEGLISE JAVIER - DI GIORNO LUCIANA AGUSTINA - DI PARDO TATIANA ALEJANDRA - ENRIQUEZ SANDRA - ESTIGARRIBIA VANESA ALEJANDRA - FOSSA MAURO XAVIER - FRANZANTE MARIA SILVINA - GARBAL GUSTAVO MARTIN - GARCIA DEBORA ALEJANDRA - GAUDE QUIROGA MICAELA SOLEDAD - GIRON GISELA - GOMEZ ANDREA SOLEDAD - GONZALEZ DIEGO NICOLAS - HERNANDEZ PERLA ANAHI - LEGO GUILLERMO JULIAN - LERENA MARISOL - LUENGO GABRIEL JESUS - LUNA YESICA SILVINA - MANSILLA MARIA PILAR - MARTINEZ JIMENA FERNANDA - MASTROIANNI MARTIN ALEXIS - MORGANTE ADRIAN EDGARDO - PANTIGA, MARIA CELESTE - PERINETTI MALDONADO FLORENCIA - PINTOS VICENTE MIGUEL - POLETTI YANINA NOELIA - RENNA EMILIO MAURICIO - ROCA GLENDA LUDMILA - ROMERO HECTOR FABIAN - ROTENBERG URIEL - TONINA MARIANA - VILLALBA MELINA INTI
Publicación:
09/09/2019
Sanción:
05/09/2019
Organismo:
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias,
5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias, el Convenio Colectivo de
Trabajo, instrumentado por las Resoluciones Nros. 2777-MHGC/2010, 2778-
MHGC/2010 y 2779-MHGC/2010, el Acta de Negociación Colectiva N° 6/14,
instrumentada por Resolución N° 1287-MHGC/2014, el Acta de Negociación Colectiva
N° 17/13 y modificatorias, instrumentada por Resolución N° 20-MHGC/14, el Acta de
Negociación Colectiva N° 25/19 instrumentada por Resolución N° 3054-MEFGC/19, el
Expediente Electrónico N° 24207538-GCABA-DGTAD/19 y vinc. y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 y modificatorias regula las Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del Título II, del mismo plexo normativo, se han llevado a cabo
negociaciones colectivas entre representantes gremiales y el Gobierno de la Ciudad,
en relación a la creación de Plantas Transitorias del Personal;
Que en dicho marco, mediante el Acta de Negociación Colectiva N° 6/14,
instrumentada mediante Resolución N° 1287-MHGC/2014, se creó un régimen para la
incorporación de personal en carácter transitorio de acuerdo con lo establecido en la
primera parte del artículo 45 de la Ley N° 471;
Que mediante el Acta de Negociación Colectiva N° 25/19, instrumentada mediante
Resolución N° 3054-MEFGC/19, se acordó el tratamiento de la incorporación al
Régimen Escalafonario y de Carrera de la Administración Pública, aprobada por Acta
de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias, de aquellos agentes que
actualmente se encuentran prestando servicios de forma efectiva en la planta
transitoria aprobada por Acta de Negociación Colectiva N° 6/14 por al menos cuatro
(4) años contados hasta el 1ro de diciembre de 2019 según los términos del punto
primero del Acta de Negociación Colectiva N° 25/19 y que cumplan con los parámetros
allí fijados;
Que para aquellos agentes que hayan cumplido los requisitos establecidos en el Acta
mencionada, con fecha comprendida entre el 1ro de septiembre de 2019 y el 1ro de
diciembre de 2019, ambas inclusive, corresponde establecer su incorporación con
fecha 1ro de diciembre de 2019;
Que es de hacer notar, que la incorporación referida se producirá siempre que los
agentes no se encuentren incursos en ninguna de las causales de extinción de la
relación de empleo público previstas en el artículo 65 de la Ley N° 471;
Que de acuerdo al Anexo I del Acta de Negociación Colectiva N° 25/19, se estipularon
las condiciones de ingreso en lo que respecta al agrupamiento, grado, tramo y
categoría de ingreso al Régimen Escalafonario y de Carrera de la Administración
Pública, conforme el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y modificatorias;
Que por la Ley N° 5.460 y modificatorias, se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la
Secretaría Legal y Técnica y al Ministerio de Economía y Finanzas;
Que el artículo 17 de Ley N° 5.460 y modificatorias, enuncia entre los objetivos del
Ministerio de Economía y Finanzas diseñar e implementar las políticas de gestión y
administración de los recursos humanos y la carrera del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas en el marco de la Ley N° 5.460 y
modificatorias, y el Acta de Negociación Colectiva N° 25/19, instrumentada mediante
Resolución N° 3054-MEFGC/19,
Artículo 1°.- Establécese, a partir del 1 de diciembre de 2019, la incorporación al
Régimen Escalafonario y de Carrera de la Administración Pública de aquellos agentes
que actualmente se encuentran prestando servicios de forma efectiva en la planta
transitoria aprobada por Acta de Negociación Colectiva N° 6/14 y que hayan cumplido,
con fecha comprendida entre el 1ro de septiembre de 2019 y el 1ro de diciembre del
2019, ambas inclusive, los requisitos establecidos por Acta de Negociación Colectiva
N° 25/19, instrumentada mediante Resolución N° 3054-MEFGC/19, de acuerdo Anexo
I (IF-2019-27403091-GCABA-DGDSCIV) que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución, y en las condiciones que allí se detallan.
Artículo 2°.- El personal comprendido en lo dispuesto por el artículo 1° de la presente
Resolución, que no hubiera acreditado oportunamente el certificado Aptitud Médica
deberá presentar el mismo, dentro de un plazo de (60) días a contar a partir de la
fecha de la presente norma legal, a fin de dar cumplimiento a las condiciones de
ingreso, conforme lo prescripto por la Ley N° 471.
Artículo 3°.- El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias
pertinentes a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y
Técnica, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de
Economía y Finanzas y para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y
Finanzas. Cumplido, archívese. Montiel - Mura