DECRETO 296 2019

Síntesis:

DESIGNA - DIRECTOR MÉDICO - MARCELO ERNESTO LAHITOU - HOSPITAL DE EMERGENCIAS PSIQUIÁTRICAS TORCUATO DE ALVEAR - MINISTERIO DE SALUD

Publicación:

11/09/2019

Sanción:

06/09/2019

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017), y 6.035, la

Resolución N° 376/SSGRH/19, el Expediente Electrónico N° 15499056-GCABA-

SSAH/19, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 376-GCABA-SSGRH/19, se cesó a partir del 31 de marzo de

2019, a la Dra. Gabriela Jufé, C.U.I.L. N° 27-12949759-4, quien ocupaba el cargo de

Directora Médica del Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear",

dependiente del Ministerio de Salud, al haber obtenido el beneficio jubilatorio,

conforme los términos del artículo 65 de la Ley N° 471;

Que en consecuencia, encontrándose vacante dicho cargo, la señora Ministra de

Salud propicia la designación, a partir del 1° de mayo de 2019, del Dr. Marcelo Ernesto

Lahitou, D.N.I. N° 13.655.217, C.U.I.L. N° 20-13655217-2, como Director Médico, con

44 horas semanales del Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de Alvear"

dependiente del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 6.035

de Profesionales de la Salud;

Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de mayo de 2019 , al Dr. Marcelo Ernesto

Lahitou, D.N.I. N° 13.655.217, C.U.I.L. N° 20-13655217-2, como Director Médico, con

44 horas semanales de labor, del Hospital de Emergencias Psiquiátricas "Torcuato de

Alvear" dependiente del Ministerio de Salud, reteniendo sin percepción de haberes el

cargo de Jefe de Sección Consultorios Externos Vespertino, titular, con 40 horas

semanales PDA: 4023.0010.MS18.016 (P65), del citado Hospital, de acuerdo con lo

dispuesto en la Ley N° 6.035 de Profesionales de la Salud.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud y por el

señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese

al interesado, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a

la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes

del Ministerio de Economía y Finanzas, y a las Direcciones Generales Proyectos

Tecnológicos y Gestión Documental y Escribanía General ambas dependientes de la

Secretaría Legal y Técnica, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la

Subsecretaría de Atención Hospitalaria dependiente del Ministerio de Salud. Cumplido,

archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Bou Pérez - Miguel